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La Generalitat, en el marco del impulso a la política de vivienda con la entrada en vigor de la nueva Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana, determina dentro de sus principales objetivos la atención al uso, conservación, mantenimiento y rehabilitación de las viviendas y los edificios.
Para ello se hace necesario atender diferentes situaciones relacionadas:
La Generalitat, dando un nuevo impulso a la política de vivienda como uno de los ejes principales de su política social y culminando su proceso de innovación legislativa en una materia tan sensible a los ciudadanos como es la vivienda, desarrolla este Reglamento como un instrumento de eficacia legislativa, con los siguientes fines: dotar de un marco estable a la normativa de vivienda en la Comunitat Valenciana; mejorar las garantías jurídicas a los ciudadanos; crear nuevos procedimientos de transparencia para el acceso a la vivienda y proporcionar a los Ayunt
Resolución de 11 de abril de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por doña Jana González Fernández y otros frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de San Lorenzo del Escorial número 2, de rectificar una calificación desfavorable y dejar sin efecto una inscripción.
La Ley 4/1992, de 5 de junio, del Suelo No Urbanizable introdujo, junto a la innovadora institución de la declaración de interés comunitario, la figura del canon de aprovechamiento urbanístico al que, salvo excepciones, debían satisfacer los promotores de cada actuación a los respectivos municipios.
Durante los últimos años se ha producido un importante incremento cuantitativo de las embarcaciones dedicadas a la práctica de actividades de recreo u ocio sin ánimo de lucro o a la pesca no profesional. Dicho incremento ha venido motivado por la mayor disponibilidad del tiempo libre, unido, fundamentalmente, a la puesta en el mercado de nuevos productos que además de poseer una mejor calidad son más asequibles para el público, principalmente por la aplicación de técnicas y materiales más avanzados.
Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Amieva (Amieva), puestos de manifiesto por los propietarios de la misma en solicitud de concentración dirigida a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, han motivado la realización, por el Servicio de Mejoras Agrarias, de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razón de utilidad pública e interés so
Advertidos errores en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 96, de 21 de abril de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
Preámbulo
En las últimas décadas el modelo tradicional de asentamiento de la población en Galicia está siendo sustituido por otro modo de ocupación indiscriminada del territorio que tiende a un constante crecimiento urbano renunciando a la regeneración de los tejidos urbanos consolidados.
La creación de las Oficinas Liquidadoras Comarcales Tenerife Uno y Gran Canaria Dos se ha producido mediante la Orden de 11 de mayo de 2006, comprendiendo esta última los Registros de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana nº 1, San Bartolomé de Tirajana nº 2, Telde nº 1 y Telde nº 2.
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