Resoluciones

De acuerdo con el artículo 3.1 Ley 5/2009, del 28 de abril, los plazos de presentación de los recursos son los que fija la Ley hipotecaria y, en este caso, lo que establece el artículo 326 de la misma, que señala, como plazo de interposición del recurso, el de un mes a contar desde la notificación del registrador. Efectuada esta el 23 de diciembre de 2015 y presentado el recurso el 18 de febrero de 2016, claro está que ha transcurrido con creces este plazo y procede declarar su no admisión.

RESOLUCIÓN JUS/1221/2016, de 2 de mayo, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la
procuradora de los tribunales señora N. M. V., contra la nota de denegación de asentamiento de
presentación de una orden judicial de la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad
núm. 1 de Vilanova i la Geltrú.

Fecha: 
Miércoles, 18 Mayo, 2016

Parece procedente distinguir, por una parte, acuerdos que -como en el presente caso- modifican el título constitutivo para restablecer el régimen general de contribución establecido por la ley, de manera que todos los propietarios satisfacen la cuantía que corresponde a su cuota de participación, modificando la regulación privilegiada que exoneraba a alguno o algunos propietarios determinados. Así el acuerdo –cuya adopción permite el artículo 553-45.2 del Código civil– se puede aprobar con el voto favorable de la mayoría cualificada establecida por el artículo 553-25.4 del Código civil.

RESOLUCIÓN JUS/3149/2015, de 17 de diciembre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por C. V.
S., como representante de la Comunidad de Propietarios de la calle Gomis, núm. 73, de Barcelona, contra la
calificación negativa de una escritura de protocolización de modificación del título constitutivo de la
comunidad, por el registrador de la propiedad de Barcelona núm. 11.

Fecha: 
Lunes, 14 Marzo, 2016

Si los testamentos se tienen que interpretar de acuerdo con la verdadera última voluntad del causante no es sostenible de ninguna de las maneras que una vez el testador ha cambiado de voluntad y ha designado a un heredero diferente, la renuncia de éste último haga revivir el llamamiento a favor de aquél primero que él ya no quería.

RESOLUCIÓN JUS/2437/2015, de 15 de octubre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Vilanova i la Geltrú, Emili González Bou, contra la calificación de la registradora de la propiedad de la misma ciudad.

Fecha: 
Lunes, 9 Noviembre, 2015

Es evidente que los propietarios disidentes pueden impugnar judicialmente el acuerdo, pero eso no excluye la tarea calificadora del registrador, que tiene que comprobar, tal y como ordena el artículo 18 de la Ley Hipotecaria, si los actos inscribibles reúnen los requisitos de validez exigidos por la legislación -en este caso, la legislación civil catalana- de que se trate, denegando su inscripción cuando -cómo sucede en el presente caso- no concurran

RESOLUCIÓN JUS/1726/2015, de 14 de julio, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el señor J. R. V., como representante de la comunidad de propietarios del inmueble de la calle Aragó, 310, de Barcelona, contra la calificación negativa de una escritura de protocolización de modificación de los Estatutos comunitarios por la registradora de la propiedad del Registro de Barcelona núm. 1.

Fecha: 
Viernes, 31 Julio, 2015

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