De acuerdo con el artículo 3.1 Ley 5/2009, del 28 de abril, los plazos de presentación de los recursos son los que fija la Ley hipotecaria y, en este caso, lo que establece el artículo 326 de la misma, que señala, como plazo de interposición del recurso, el de un mes a contar desde la notificación del registrador. Efectuada esta el 23 de diciembre de 2015 y presentado el recurso el 18 de febrero de 2016, claro está que ha transcurrido con creces este plazo y procede declarar su no admisión.

Fecha: 
Miércoles, 18 Mayo, 2016