Legislación

Resolución de 29 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se jubila al Notario de Alacant/Alicante don Mario Navarro Castelló.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Alacant/Alicante don Mario Navarro Castelló, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.

Fecha: 
dimecres, 18 juliol, 2007

Resolución de 12 de julio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se convoca oposición libre para obtener el título de Notario.

Esta Dirección General, en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 4.1.f) del Real Decreto1475/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, acuerda convocar oposición libre para obtener el título de Notario, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Se fija en 160 el número de plazas que se convocan.

Fecha: 
dimecres, 18 juliol, 2007

Resolución de 12 de julio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se convoca oposición entre Notarios.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 a 108, ambos inclusive, y demás concordantes de Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, en redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica dicho Reglamento y teniendo en cuenta que los ejercicios de la última oposición celebrada entre Notarios concluyeron el 19 de julio de 2005, procede convocar de nuevo oposición entre Notarios antes de que transcurran dos años desde aquella fecha, según lo establecido en el artículo 98 del citado Reglamento.

Fecha: 
dimecres, 18 juliol, 2007

ORDEN de 27 de junio de 2007, por la que se publica el texto integrado del Decreto 149/2003, de 10 de junio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, y se regulan las actuaciones contempladas en el mismo, con las modificaciones introducidas por el Decreto 463/2004, de 27 de julio, el Decreto 180/2005, de 26 de julio y el Decreto 81/2007, de 20 de marzo.

La disposición final segunda del Decreto 81/2007, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto 149/2003, de 10 de junio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007 y se regulan las actuaciones contempladas en el mismo, faculta a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para publicar, mediante Orden, un texto integrado del Decreto 149/2003, de 10 de junio, del Decreto 463/2004, de 27 de julio, y del Decreto 180/2005, de 26 de julio, con las modificaciones, a su vez, introducidas por el mismo.

Fecha: 
dilluns, 16 juliol, 2007

ORDEN FORAL 228/2007, de 12 de junio del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Los artículos 17 y 18 del Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, ordenan la forma de remisión de las facturas o documentos sustitutivos y, en particular, la remisión por medios electrónicos de dichos documentos, estableciendo los procedimientos mediante los que puede efectuarse dicha remisión que, en todo caso, deben garantizar la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

Fecha: 
dilluns, 16 juliol, 2007

Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Cuando un mismo preparador laboral preste atención a más de un trabajador con discapacidad, el tiempo de atención conjunto será la suma de los tiempos de atención de cada uno de dichos trabajadores. En ningún caso un preparador laboral podrá atender simultáneamente a más de 3, 5 u 8 trabajadores con discapacidad de los grupos a), b) y c) antes señalados, respectivamente, o los equivalentes cuando los trabajadores atendidos pertenezcan a distintos grupos.

Artículo 8. Subvenciones y cuantía de las mismas.

Fecha: 
dissabte, 14 juliol, 2007

La disponibilidad registral de las anotaciones ordenadas por la Autoridad Judicial, no está, como regla general, en manos de las personas a cuyo favor se hubiese practicado la anotación, sino en manos del propio Juez que conoce del procedimiento en el que aquellas se hubiesen ordenado y mediante la oportuna resolución judicial de carácter firme (véanse los artículos 83 y 84 de la Ley Hipotecaria, 174 y 198 de su Reglamento),

Resolución de 18 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por doña Sara Blasco Torres y otros, contra la negativa del registrador de la propiedad de Nules, n.º 1, a trasladar una anotación preventiva de demanda desde las fincas aportadas a las fincas adjudicada en la reparcelación.

Fecha: 
divendres, 13 juliol, 2007

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