Legislación

La calificación impugnada parece más inclinada a poner trabas a la calificación notarial de la suficiencia de tales facultades que a respetar la norma del artículo 98 de la Ley 24/2001; e implica la revisión de una valoración -el juicio de suficiencia de las facultades representativas de quien comparece en nombre ajeno- que legalmente compete al Notario, con el alcance que ha sido expresado en los precedentes fundamentos de derecho.

Resolución de 29 de octubre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Fuenlabrada don José Ordóñez Cuadros, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 19 de Madrid, a inscribir una escritura de préstamo con garantía hipotecaria.

Date: 
Tuesday, 20 November, 2007

La posibilidad de testar ante notario español para ordenar el patrimonio existente en España es una vía que genera seguridad jurídica al ciudadano extranjero y que, especialmente en los casos de dualidad, como los de la ley inglesa, asegura la propiedad del bien tras la muerte de su titular facilitando y abaratando extraordinariamente la formalización de la sucesión mortis causa.

Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por doña Carole Whitworth, contra la negativa del registrador de la propiedad de Granadilla de Abona, a inscribir una escritura de manifestación de herencia y adjudicación.

Date: 
Tuesday, 20 November, 2007

REAL DECRETO 1464/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

Índice

Capítulo I. Normas generales.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 2. Coordinación de valores.

Artículo 3. Valoración del suelo de los inmuebles de características especiales.

Artículo 4. Tipos de construcciones en los bienes inmuebles de características especiales.

Date: 
Tuesday, 20 November, 2007

Las competencias que legalmente se atribuyen al Registrador en ningún caso se encuentra la que consista en una revisión de fondo del juicio efectuado por el Notario sobre la suficiencia de las facultades representativas acreditadas, pues tal posibilidad le está legalmente vedada ex artículo 98 ya reiterado.

Resolución de 30 de octubre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Fuenlabrada don Agustín Rodríguez García, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 19 de Madrid, a inscribir una escritura de crédito con garantía hipotecaria.

Date: 
Tuesday, 20 November, 2007

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