Legislación

Circular 1/2007, de 11 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre requerimientos de información estadística a las Instituciones de Inversión Colectiva de la Unión Europea, que modifica parcialmente la Circular 2/1998, de 27 de julio, sobre requerimientos de información estadística a las Instituciones de Inversión Colectiva de la Unión Monetaria Europea.

La Circular 2/1998, de 27 de julio, de la CNMV, establece los requerimientos de información estadística que las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) que se consideren en cada momento Institución Financiera Monetaria (IFM), deben remitir a la CNMV, con el fin de que dicha información sea utilizada por el Banco Central Europeo (BCE) para el seguimiento de la política monetaria dentro de la Unión Económica y Monetaria.

Fecha: 
dijous, 26 juliol, 2007

Resolución de 13 de junio de 2007, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se califican de escasa relevancia determinadas modificaciones de reglamentos de gestión, proyectos constitutivos y estatutos sociales de las Instituciones de Inversión Colectiva.

A efectos de lo establecido en el artículo 12.1 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) y el artículo 14.1 de su Reglamento (RIIC), se considerarán de escasa relevancia las modificaciones de los proyectos constitutivos, reglamentos y estatutos de las Instituciones de Inversión Colectiva que se señalan a continuación:

1. Fondos de Inversión Mobiliaria.

Fecha: 
dijous, 26 juliol, 2007

Resolución de 7 de mayo de 2007, de la Subsecretaría, por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud en el ámbito del Ministerio de Justicia y se dictan instrucciones sobre su utilización.

El artículo 70.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones Públicas deberán establecer modelos y sistemas normalizados de solicitudes cuando se trate de procedimientos que impliquen la resolución numerosa de una serie de procedimientos y que los modelos mencionados estarán a disposición de los ciudadanos en las dependencias administrativas.

Fecha: 
dimecres, 25 juliol, 2007

No puede entenderse que el marido es titular de una mitad indivisa de la finca, pues la inscripción se hace «sin determinación de cuotas o partes indivisas». Por ello, en principio, habrán de aplicarse las normas que la legislación aplicable establezca para los bienes comunes del matrimonio (cfr. artículo 9, 2 y 3 del Código Civil).

Resolución de 26 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Javea, frente a la negativa del registrador de la propiedad de Javea, a practicar una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
dimecres, 25 juliol, 2007

No puede entenderse que el marido es titular de una mitad indivisa del usufructo de la finca pues la inscripción se hace «del usufructo conjunto y sucesivo». Por ello, en principio, habrán de aplicarse las normas que la legislación aplicable establezca para los bienes comunes del matrimonio (cfr. artículo 9, 2 y 3 del Código Civil).

Resolución de 25 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Javea, frente a la negativa del registrador de la propiedad de Javea, a practicar una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
dimecres, 25 juliol, 2007

El artículo 406 del Código Civil se remite en cuanto a las reglas de la división de comunidad a los preceptos relativos a la división de herencias, y entre estos últimos el artículo 1.060 dispone que cuando los menores estén legalmente representados no será precisa aprobación judicial; en el presente supuesto la menor está representada por su madre (al haber fallecido su padre) por lo que está perfectamente representada.

Resolución de 28 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Castellón de la Plana don Enrique Franch Quiralte, contra la negativa de la registradora de la propiedad de Albocácer, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad de gananciales, aceptación y adjudicación de herencia y disolución de comunidad y adjudicaciones.

Fecha: 
dimecres, 25 juliol, 2007

Orden EHA/2243/2007, de 24 de julio, por la que se amplía el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondientes a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español para aquellos sujetos pasivos cuyo período impositivo finalice entre el 29 de diciembre de 2006 y el 4 de enero de 2007.

El artículo 136 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, dispone que la declaración de dicho impuesto se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Fecha: 
dimecres, 25 juliol, 2007

LEY 7/2007, del 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña.

El Presidente

de la Generalidad de Cataluña

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente

LEY

Preámbulo

Fecha: 
dilluns, 23 juliol, 2007

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