Resoluciones

No cabe imponer, al amparo de dicho principio, la fijación de un tipo máximo al que puedan ascender los tipos ordinarios o moratorios en las relaciones personales entre acreedor y deudor si se seña la el límite al que puede ascender su cobertura hipotecaria, de modo que más allá de éste no podrán ser ya satisfechos con cargo al precio de remate del bien hipotecado, aun cuando los efectivamente devengados y exigibles en las relaciones personales acreedor-deudor fueren superiores.

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en, el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Zamora, don Juana Luis Hernández Gil y Mancha, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad Interina de Bermillo de Sayago, doña María del Carmen Frorán Canadell, a inscribir una escritura de novación modificativa de préstamo hipotecario en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 30 octubre, 2001

No basta con que la sentencia declare que determinada persona o personas son titulares de una finca o participación indivisa de la misma, pues debe constar cuál es el título por el que se adquirió su derecho. En el Registro se inscriben actos o contratos de transcendencia real (cfr. artículos 1 y 2 de la Ley Hipotecaria), y así lo exige la distinta protección del derecho, según que la adquisición se haya realizado a título oneroso o gratuito

RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2001, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por don, Rafael Tejero Cerezo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Posadas, don Manuel Fuentes del Río a inscribir una mitad indivisa de determinada finca, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 30 octubre, 2001

Los principios registrales de legitimación, salvaguarda judicial de los asientos y tracto sucesivo impiden anotar un embargo acordado en procedimiento en el que no sean parte los titulares actuales de los bienes trabados

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre, de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Nules número 1, don Gabriel Gragera Ibáñ ez, a practicar una anotación preventiva de embargo, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
dilluns, 29 octubre, 2001

No podrá prescindirse, sin consentimiento de los beneficiarios, o sin la pertinente declaración judicial de ineficacia, del testamento cuestionado a la hora de formular la partición, y ello sin necesidad de prejuzgar ahora sin en el pleito consiguiente la carga probatoria corresponde a la que alega la intencionalidad de la preterición, o, dada la significación de la no revocación del testamento, al que pretenda su ineficacia.

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Mateo Silos Milanés, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Mérida, número 1, don Antonio Manuel Fernández Sarmiento, a inscribir una escritura de manifestación parcial de herencia, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
dilluns, 29 octubre, 2001

No puede accederse a la cancelación solicitada toda vez que no se ha extinguido la concesión inscrita, sino sólo se modifican en algún aspecto parcial las condiciones de transmisión de los derechos que traigan causa del concesionario.

RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «L' Empresa Municipal de Desenvolupament Urbá de Cornellá, Sociedad Anónima», y del Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Hospitalet de Llobregat, número 2, don Antonio Holgado Cristeto, a practicar determinadas cancelaciones, en virtud de apelación de los recurrentes.

Fecha: 
dijous, 27 setembre, 2001

No ha de debatirse ahora sobre la vigencia del artículo 201-3 Ley Hipotecaria en cuanto a la publicación cuestionada al ser ésta una exigencia que tratándose de expedientes para la reanudación del tracto, escapa al ámbito de la calificación registral, la cual, según doctrina reiterada de este centro directivo se contrae, respecto de los documentos judiciales, a la comprobación de la observancia en el procedimiento seguido de los trámites establecidos en beneficio de los titulares regístrales, a fin de evitar que sufran estos en el mismo Registro las consecuencia de su eventual indefensión procesal

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Sánchez Jiménez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad accidental número 9 de Sevilla, don Manuel Martín Trincocortas-Bernat, a inscribir un auto dictado en expediente de dominio para reanudar el tracto sucesivo, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
dissabte, 8 setembre, 2001

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