Legislación

ORDRE de 22 de maig de 2001, per la qual s’estableix el calendari oficial de festes laborals per a l’any 2002.



ORDRE de 22 de maig de 2001, per la qual s’estableix el calendari oficial de festes laborals per a l’any 2002.

Atès el que disposen l’article 11 de l’Estatut d’autonomia de Catalunya; l’article 37 del Reial decret legislatiu 1/1995, de 24 de març, pel qual s’aprova el Text refós de l’Estatut dels treballadors; el Decret 177/1980 de 3 d’octubre, modificat pel Decret 17/1982, de 28 de gener, pel Decret 152/1997 de 25 de juny, i pel Decret 146/1998 de 23 de juny;

Fecha: 
dimecres, 4 juliol, 2001

CORRECCIÓN de errores y erratas de la Resolución de 25 de abril de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Gijón don Francisco Delgado de Miguel, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha ciudad número 2, don Enrique Albert Piñole, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal, aceptación y manifestación de herencia, en virtud de apelación del señor Registrador.

CORRECCIÓN de errores y erratas de la Resolución de 25 de abril de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Gijón don Francisco Delgado de Miguel, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha ciudad número 2, don Enrique Albert Piñole, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal, aceptación y manifestación de herencia, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
dimarts, 3 juliol, 2001

LEY 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura. (Testamento Vital)



LEY 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura.

EL PRESIDENTE DE LAJUNTA DE EXTREMADURA



Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.

Fecha: 
dimarts, 3 juliol, 2001

En el caso de reducción del capital social a cero los radicales efectos que de adoptar el acuerdo se derivarían para el socio, que de no ejercer el derecho de suscripción de las nuevas acciones que se emitiesen perdería su condición de tal y los derechos sociales que hasta entonces ostentaba, requiere una mayor precisión en los anuncios en el sentido de determinar el alcance de la reducción de capital propuesta

En el recurso gubernativo interpuesto por don Rodrigo Agustín León del Campo San Emeterio frente a la negativa de la Registradora Mercantil de Cantabria, doña Emilia Tapia Izquierdo, a inscribir una escritura de elevación a públicos de acuerdos de reducción y ampliación del capital de una sociedad anónima.

Fecha: 
divendres, 29 juny, 2001

No se practica la anotación de demanda que se interesa en el adjunto mandamiento por aparecer las fincas objeto de la anotación inscritas a nombre de persona distinta de la demandada. San Sebastián, a 12 de noviembre de 1998

En el recurso gubernativo interpuesto por doña Virginia Sarobe Bretón, en su propio nombre y en el de la Comunidad de Herederos de don José Sarobe Liceaga, contra la negativa del Registrador de la Propiedad numero 5 de San Sebastián, don Manuel Tamayo Cervigón, a practicar una anotación preventiva de demanda, en virtud de apelación de la recurrente.

Fecha: 
divendres, 29 juny, 2001

Toda representación en el Registro debe ser acreditada con la correspondiente documentación pública (cfr. artículo 3 de la Ley Hipotecaria), y el resto de los argumentos respecto a la posesión pacífica de la recurrente, son cuestiones de hecho que escapan a la calificación registral, que viene limitada por los medios a que se refiere el artículo 18 de la Ley Hipotecaria.

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Amada Expósito Doctor contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid, número 31, don José Domingo Rodríguez Martínez, a inscribir una escritura de modificación, de división, horizontal y compraventa en, virtud de apelación de la recurrente.

Fecha: 
dijous, 28 juny, 2001

La identidad sustancial entre este supuesto y el contemplado en la norma reglamentaria llevan ineludiblemente a la aplicación de la misma solución , cuando está legalmente establecido que el mandamiento de embargo por deudas tributarias tendrá el mismo valor que si se tratara de un mandamiento judicial (cfr. articulo 132 de la Ley General Tributaria).

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la entidad «Ferral-Viq, Sociedad Limitada», contra la negativa del Registrador de la Propiedad interino de Torrelavega número 1, don Antonio Tornel García, a cancelar por caducidad determinadas anotaciones preventivas de embargo prorrogadas por otras posteriores, en virtud de apelación de la recurrente.

Fecha: 
dijous, 28 juny, 2001

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