Comunidades Autónomas

DECRETO 92/1985 de 21 de marzo





Considerando la necesidad de que puedan hacer uso del derecho de acceso a la propiedad, reconocido en la Ley de Arrendamientos Rústicos, aquellos agricultores que cultivan, mediante arrendamiento o aparcería, una finca de superficie inferior a la unidad mínima de cultivo y que, constituyendo una unidad, de hecho está integrada en otra unidad integral mayor.

Fecha: 
dimecres, 17 abril, 1985

LEY FORAL 4/1985, DE 25 DE MARZO, REGULADORA DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA DE LOS AYUNTAMIENTOS DE NAVARRA



Preámbulo

La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, establece en su artículo 19.1 que la iniciativa legislativa corresponde al Gobierno de Navarra, a los parlamentarios forales y a los ayuntamientos que representen un tercio de Municipios de la respectiva Merindad, y un 50 por 100 de la población de derecho de la misma.

Fecha: 
divendres, 29 març, 1985

LEY 27/1983, de 25 de Noviembre, de "Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Históricos".

Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento Vasco ha

aprobado la Ley 27/1983, de 25 de Noviembre, de "Relaciones entre las

Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus

Territorios Históricos".

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos de Euskadi, particulares y

autoridades, que la guarden y la hagan guardar.

Vitoria-Gasteiz, a 25 de Noviembre de 1983

El Presidente,

CARLOS GARAlKOETXEA URRIZAR.

Fecha: 
dissabte, 10 desembre, 1983

DECRETO 169/1983, Unidades mínimas de cultivo



    El desarrollo de la actividad agraria depende, entre otros factores, de la capacidad que tenga la empresa agraria para alcanzar dimensiones superficiales eficientes.

    Uno de los problemas importantes que es necesario enfocar para garantizar estas dimensiones suficientes es el excesivo fraccionamiento de la tierra, es decir, la parcelación excesiva de las fincas, que hace más difícil la utilización óptima de los diferentes recursos que intervienen en la producción.

Fecha: 
divendres, 20 maig, 1983

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