RESOLUCIÓN JUS/2047/2007, de 26 de junio, por la que se anuncia concurso para la provisión de notarías vacantes (núm. 430).

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 88 a 96, y demás concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes al día de la fecha según se relacionan en el anexo a la presente Resolución.

Como consecuencia de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, por la que se aprobó el Estatuto de autonomía de Cataluña (artículo 147.1.a) esta comunidad autónoma ha asumido la competencia ejecutiva en lo relativo a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías existentes vacantes en el referido ámbito territorial.

El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944, reformado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero es la norma que rige la convocatoria y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes (artículos 93 y siguientes). Atendida la asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad Autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos, se hace preciso que exclusivamente para este concurso se adopten medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre las direcciones generales de los Registros y del Notariado y de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Igualmente, y con las características expuestas, el tiempo transcurrido desde el último concurso, así como las necesidades del servicio consecuencia de la última demarcación notarial aprobada por el Real decreto 173/2007, de 19 de enero, con las modificaciones introducidas en la corrección de errores del citado Real decreto publicado en el BOE de 9 de junio de 2007, exigen la inmediata convocatoria de un concurso para proveer las notarías vacantes.

Primero

Plazas

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, con excepción de las radicadas en el resto del territorio del Estado, que se han producido hasta la fecha.

Segundo

Requisitos y condiciones de participación

Podrán participar en la convocatoria todos aquellos notarios que, con independencia del lugar donde radique la notaría en que venga sirviendo el solicitante, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del citado texto legal.

Tercero

Modelos y plazos de presentación de solicitudes

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, que tendrá que reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial, será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el resto del Estado y que, por tanto, figuren en la convocatoria que simultáneamente a ésta se realiza por la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

La solicitud podrá presentarse tanto en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña como en el Registro General del Ministerio de Justicia, como en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y artículo 2 del Real decreto 772/1999, indicando en la misma el orden de preferencia, si solicitaren más de una notaría, aunque correspondan a turnos distintos.

En caso que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las restantes solicitudes.

Los titulares de Notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegrama que habrá de contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada ésta, ningún concursante podrá ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

Las solicitudes se deben ajustar al modelo publicado como anexo a la presente resolución, que estarán disponibles en las direcciones electrónicas www.gencat.cat/justicia y www.justicia.es y han de reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Cuarto

Resolución

La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.

Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas dictará resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña con excepción de las ubicadas en el resto del territorio del Estado. Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado.

Barcelona, 26 de junio de 2007

José Pascual Ortuño Muñoz

Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Anexo I

  Notaría Motivo de la vacante Distrito Colegio
Notarías de primera clase
Antigüedad en la carrera
1 Barcelona Traslado del señor Gonzalo de la Mata Posadas Barcelona Cataluña
2 Barcelona Jubilación del señor Ricardo Arveras Carrasco Barcelona Cataluña
3 Barcelona Fallecimiento del señor Arturo Pérez Morente Barcelona Cataluña
4 Badalona Creada por el Real decreto 173/2007 Badalona Cataluña
5 L'Hospitalet de Llobregat Creada por el Real decreto 173/2007 L'Hospitalet de Llobregat Cataluña
6 Lleida Creada por el Real decreto 173/2007 Lleida Cataluña
7 Santa Coloma de Gramenet Creada por el Real decreto 173/2007 Santa Coloma de Gramenet Cataluña
8 Terrassa Creada por el Real decreto 173/2007 Terrassa Cataluña
9 Terrassa Creada por el Real decreto 173/2007 Terrassa Cataluña
Antigüedad en la clase
10 L'Hospitalet de Llobregat Traslado del señor Gerardo Moreu Serrano L'Hospitalet de Llobregat Cataluña
11 Barcelona-Horta Traslado del señor Gonzalo Antonio Veciana García-Boente Barcelona Cataluña
12 Barcelona Jubilación del señor Antonio López-Cerón y Cerón Barcelona Cataluña
13 Terrassa Jubilación del señor Eduardo Rafael Nebot Tirado Terrassa Cataluña
14 Tarragona Jubilación del señor Luis de Grandes Díez Tarragona Cataluña
15 Girona Creada por el Real decreto 173/2007 Girona Cataluña
16 Mataró Creada por el Real decreto 173/2007 Mataró Cataluña
17 Sabadell Creada por el Real decreto 173/2007 Sabadell Cataluña
Notarías de segunda clase
Antigüedad en la carrera
18 Salt Excedencia del señor José Antonio García Caballer Girona Cataluña
19 Cambrils Creada por el Real decreto 173/2007 Reus Cataluña
20 Rubí Creada por el Real decreto 173/2007 Terrassa Cataluña
21 Salou Creada por el Real decreto 173/2007 Tarragona Cataluña
22 Sant Andreu de la Barca Creada por el Real decreto 173/2007 Sant Feliu de Llobregat Cataluña
23 Sant Joan Despí Creada por el Real decreto 173/2007 Sant Feliu de Llobregat Cataluña
24 Santa Perpètua de Mogoda Creada por el Real decreto 173/2007 Sabadell Cataluña
Antigüedad en la clase
25 Palafrugell Traslado de la señora María Victoria Pérez Pérez La Bisbal d'Empordà Cataluña
26 Castellar del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Sabadell Cataluña
27 Cerdanyola del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Sabadell Cataluña
28 Esplugues de Llobregat Creada por el Real decreto 173/2007 Sant Feliu de Llobregat Cataluña
29 Mollet del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña
30 El Prat de Llobregat Creada por el Real decreto 173/2007 L'Hospitalet de Llobregat Cataluña
31 Salt Creada por el Real decreto 173/2007 Girona Cataluña
notarías de tercera clase
Antigüedad en la carrera
32 Badia del Vallès Desierta en concurso precedente Sabadell Cataluña
33 La Bisbal d'Empordà Desierta en concurso precedente La Bisbal d'Empordà Cataluña
34 Calaf Desierta en concurso precedente Igualada Cataluña
35 Ponts Desierta en concurso precedente Balaguer Cataluña
36 Santa Coloma de Queralt Traslado del señor Miguel Viela Castranado Valls Cataluña
37 Cassà de la Selva Traslado del señor Ramón José Castelló Gorgues Girona Cataluña
38 Sant Joan de Vilatorrada Traslado de la señora Inmaculada Raquel Castro Fornieles Manresa Cataluña
39 Cabrils Creada por el Real decreto 173/2007 Mataró Cataluña
40 Castellbisbal Creada por el Real decreto 173/2007 Terrassa Cataluña
41 Cubelles Creada por el Real decreto 173/2007 Vilanova i la Geltrú Cataluña
42 Flix Creada por el Real decreto 173/2007 Tortosa Cataluña
43 La Garriga Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña
44 Guissona Creada por el Real decreto 173/2007 Cervera Cataluña
45 Montornès del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña
46 Pallejà Creada por el Real decreto 173/2007 Sant Feliu de Llobregat Cataluña
47 Parets del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña
48 Sant Quirze del Vallès Creada por el Real decreto 173/2007 Sabadell Cataluña
49 Torredembarra Creada por el Real decreto 173/2007 El Vendrell Cataluña
50 Vallirana Creada por el Real decreto 173/2007 Sant Feliu de Llobregat Cataluña
51 Vila-seca Creada por el Real decreto 173/2007 Tarragona Cataluña
Antigüedad en la clase
52 L'Arboç Desierta en concurso precedente El Vendrell Cataluña
53 Besalú Desierta en concurso precedente Olot Cataluña
54 Camprodon Desierta en concurso precedente Puigcerdà Cataluña
55 L'Escala Desierta en concurso precedente Girona Cataluña
56 La Pobla de Segur Desierta en concurso precedente Tremp Cataluña
57 El Pont de Suert Desierta en concurso precedente Tremp Cataluña
58 La Seu d'Urgell Desierta en concurso precedente La Seu d'Urgell Cataluña
59 Torroella de Montgrí-Estartit Desierta en concurso precedente La Bisbal d'Empordà Cataluña
60 Xerta Desierta en concurso precedente Tortosa Cataluña
61 Constantí Traslado de la señora Sandra Pérez Tenedor Tarragona Cataluña
62 Caldes de Montbui Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña
63 Cardedeu Creada por el Real decreto 173/2007 Granollers Cataluña

 

Anexo II Anexo II/1

Instrucciones para rellenar la solicitud de participación en el concurso

.1 Este impreso debe formalizarse preferentemente a máquina. Si se rellena a mano, deben utilizarse letras mayúsculas

.2 Las fechas tienen que consignarse con el siguiente formato: aa/bb/cc.

.3 .Fecha de nombramiento.: Hace referencia a la fecha de ingreso en la carrera.

.4 En caso de excedencia en cualquier otro cuerpo diferente al de notarios, debe hacerse constar en el apartado correspondiente, así como la fecha de cese.

.5 En el apartado .Notaría que se solicita. (Anexo II/1) sólo hay que indicar el nombre de la notaría, sin incluir el motivo por el cual quedó vacante.

Fecha: 
divendres, 6 juliol, 2007