Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, anunciando concurso para la provisión de notarías vacantes.

    De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 88 a 96, y demás concordantes del Reglamento de la Organización y Régimen Jurídico del Notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre Demarcación Notarial, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallan vacantes al día de la fecha según se relacionan en el anexo I a la presente resolución.

    Según se prevé en el artículo 94 del citado Reglamento Notarial, los Notarios podrán solicitar en una única instancia dirigida a la Dirección General de los Registros y del Notariado, las notarías vacantes que pretendan indicando el orden de preferencia si solicitaren más de una, aunque correspondan a turnos distintos. Los titulares de Notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en el concurso mediante telegrama que habrá de contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada ésta, ningún concursante podrá anular, ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

    Las solicitudes que se ajustarán a los modelos publicados como anexo II y II/1 de esta resolución los cuales estarán accesibles en la dirección: www.mjusticia.es, servicios, opción empleo público -concursos de provisión de puestos, tendrán que reunir los requisitos establecidos en el citado artículo 94 del Reglamento Notarial y deberán presentarse en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado en el Registro General del Ministerio de Justicia, Calle Manzana, 2, 28015 Madrid o en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y artículo 2 del Real Decreto 772/1999.

    La Resolución de la provisión de vacantes se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con el objeto de que por el órgano competente de las mismas se proceda al nombramiento de los Notarios que deban ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.

    Madrid, 18 de julio de 2008.-La Directora General de los Registros y del Notariado, Pilar Blanco-Morales Limones.

    ANEXO

Fecha: 
dimecres, 23 juliol, 2008