Resoluciones

Cuando en las sociedades no obligadas a verificación contable se hubiese solicitado por los socios minoritarios el nombramiento registral de un auditor de cuentas, no puede tenerse por efectuado el depósito de las cuentas anuales si no se presenta el correspondiente informe (cfr. artículos 265.2 y 279 de la Ley de Sociedades de Capital). Será así aunque el socio que lo pidió haya sido excluido después de su solicitud.

Resolución de 22 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil de Barcelona número VIII a practicar el depósito de cuentas anuales de una sociedad.

Fecha: 
Viernes, 12 Febrero, 2021

No pueden depositarse las cuentas anuales del ejercicio 2019 de una sociedad, cuando están pendientes de depósito las del ejercicio 2018 por haber sido calificadas negativamente. Si un depósito resulta calificado con defectos, y tales defectos no resultan subsanados, no podrá accederse al depósito de un posterior ejercicio.

Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil II de Tenerife a practicar el depósito de cuentas anuales de una sociedad, relativas al ejercicio de 2019.

Fecha: 
Sábado, 9 Enero, 2021

Es doctrina de la Dirección General que inscrito el nombramiento de auditor voluntario, el depósito de las cuentas sólo puede llevarse a cabo si vienen acompañadas del oportuno informe de verificación.

Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles I de Tarragona, por la que se suspende el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2019 de una sociedad, por no acompañarse el informe del auditor de cuentas inscrito con carácter voluntario.

Fecha: 
Lunes, 28 Diciembre, 2020

Se pretende el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2018, constando en el mismo Registro un expediente de nombramiento de auditor voluntario a instancia de un socio minoritario, para el mismo ejercicio, el cual ha sido cerrado por no aceptación de los tres auditores nombrados. Será necesario que las cuentas se auditen por el auditor que designe la registradora, previa reapertura del expediente, o que el socio minoritario que instó el mismo, desista o renuncie a su derecho.

Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil de Asturias n.º 2 a practicar el depósito de las cuentas anuales de una sociedad, relativas al ejercicio de 2018.

Fecha: 
Viernes, 18 Diciembre, 2020

Los anuncios del acuerdo de escisión, no pueden ser anteriores a la fecha de celebración de la junta general que la acuerde, ya que los acreedores tienen derecho de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado desde la publicación de los anuncios, pues el derecho de oposición se fundamenta en el conocimiento que se proporciona a los acreedores, a efectos de ponderar si hacen uso o no del derecho de oposición que les reconoce el ordenamiento.

Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil de Barcelona n.º XI a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de escisión parcial de una sociedad.

Fecha: 
Viernes, 18 Diciembre, 2020

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