RESOLUCIÓN 5 julio 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia, don Juan Ignacio de los Mozos Tuya, a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frentea la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia don Juan Ignacio de los Mozos Tuya a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.
RESOLUCIÓN de 7de julio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notario, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia don Juan Ignacio de los Mozos Tuya a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.
RESOLUCIÓN de 19 de julio 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Letrado, don Felipe Ronda Zuloaga, en nombre de don Luis y don Miguel Figueroa Griffith, contra la negativa del Registrador de la Propiedad interino de Madrid, número 14, don José Luis Aragón Aparicio, a practicar una anotación preventiva de prohibición de disponer, en virtud de apelación de la Sra. Registradora interina.
Esa tasación es pues un requisito previo a la emisión de los valores garantizados, pero no para la constitución previa de la hipoteca, aun cuando nada obsta a que se haya verificado en tal momento o incluso antes, en cuyo caso el artículo 28.2 del Real Decreto 685/1982, de 17 de marzo, que desarrolla aquella Ley, establece que se hará constar en la escritura de constitución de la hipoteca y en la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad.
RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Jorge Campillo Álvarez, en representación de la entidad «Infoleasing Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Cáceres número 1, don Fernando Enrique Rodríguez Rubio, a inscribir un testimonio de auto de adjudicación y mandamiento de cancelación de cargas, en virtud de apelación del recurrente.
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Valencia, don José Manuel García de la Cuadra, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Alberique, doña Sara Fernández Álvarez, a inscribir una escritura de constitución de un edificio en régimen de propiedad horizontal, en virtud de apelación del recurrente.
CORRECCIÓ D’ERRADA a l’Ordre de 25 de juliol de 2000, per la qual es desplega el Decret 252/2000, de 24 de juliol, sobre l’activitat artesanal a Catalunya (DOGC núm. 3198, pàg. 10136, de 4.8.2000).
Havent observat una errada en la publicació catalana de l’Ordre de 25 de juliol de 2000, per la qual es desplega el Decret 252/2000, de 24 de juliol, sobre l’activitat artesanal a Catalunya, publicada al DOGC núm. 3198, pàg. 10136, de 4.8.2000, se’n detalla l’oportuna correcció:
DECRET 252/2000, de 24 de juliol, sobre l’activitat artesanal a Catalunya.
La regulació de la matèria d’artesania estava fins ara regulada en el Decret 233/1984, de 19 de juliol, pel qual es regula l’activitat de l’artesanat a Catalunya i les ordres que el despleguen.
ORDRE de 25 de juliol de 2000, per la qual es desplega el Decret 252/2000, de 24 de juliol, sobre l’activitat artesanal a Catalunya.
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