El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
I
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 88 a 96, y demás concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes al día de la fecha según se relacionan en el anexo a la presente Resolución.
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
El Decreto 229/2005, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la adopción internacional, publicado en el Diario Oficial de Extremadura de 18 de octubre de 2005 (D.O.E. n.º 121) dispone en su artículo 1 que el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en dicho Decreto será el de concurrencia competitiva y convocatoria previa de carácter periódico.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
Exposición de motivos
A la vista del escrito recibido en este Centro Directivo del Ilustre Colegio Notarial de Pamplona, por el que se remite el acuerdo adoptado por su Junta Directiva el 7 de mayo de 2007, en relación con la solicitud de Doña Virginia Beldarían Albaitero, esposa del Notario de Donostia-San Sebastián Don Benito Corvo Román, en la que en nombre de su esposo, formula la petición de Instrucción de expediente de incapacidad permanente al Sr. Corvo, de conformidad con lo previsto en el art. 49 del vigente Reglamento Notarial.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
PREÁMBULO
I
Advertidos errores en el texto del Anexo a la Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial, publicada en el D.O.E. n.º 62, de 31 de mayo de 2007, para mayor claridad en beneficio de las cooperativas interesadas se procede a publicar, íntegramente, y con todas sus correcciones el texto del Anexo, “
Resolución de 8 de junio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por doña María Belén López de Diego contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Torrelavega n.° 2 a la inscripción en una inmatriculación de determinadas expresiones referentes a cauces de aguas.
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