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LegislaciónDECRET 247/2000, de 24 de juliol, pel qual es regulen els ajuts per a la rehabilitació d’habitatges i edificis d’habitatges.Date: Wednesday, 2 August, 2000 ORDRE de 21 de juliol de 2000, per la qual es declara refugi de fauna salvatge la finca Can Espadamala de Dalt, als termes municipals de Torelló i Manlleu.
El propietari de la finca Can Espadamala de Dalt ha presentat una sol·licitud perquè sigui declarada refugi de fauna salvatge, atès que els terrenys que la componen són cinegèticament d’aprofitament comú, segons disposen la Llei de caça de 4 d’abril de 1970 i el seu Reglament de 25 de març de 1971. Date: Wednesday, 2 August, 2000 DECRET 248/2000, de 24 de juliol, pel qual s’aprova el Reglament de la Llei 11/1998, de 5 de novembre, d’heliports.
La Llei 11/1998, de 5 de novembre, d’heliports, va establir el marc jurídic general al qual s’ha d’ajustar l’establiment dels diferents tipus d’heliports, que requereix ara el seu desenvolupament mitjançant la norma reglamentària corresponent. Date: Wednesday, 2 August, 2000 El documento está otorgado en una comunidad en que el régimen económico-matrimonial aplicable es el del Código Civil, por lo que, al no expresarse nada en contrario, ha de estimarse que los otorgantes están sometidos al sistema legal supletorio del Código Civil y que tienen vecindad común (cfr. artículo 161 del Reglamento Notarial).RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Vicente de Raspeig, don Jesús Jiménez Pascual, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alicante número 3, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente y del Registrador. Date: Tuesday, 1 August, 2000 La Generalidad Valenciana, establece la necesidad de licencia o el certificado administrativo de su innecesariedad en toda parcelación de fincas o terrenos, prohibiendo a Notarios y Registradores autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división, parcelación o segregación de fincas o terrenos en cualquier clase de suelo sin la oportuna licencia municipal o certificación de su innecesariedadRESOLUCIÓN de 27 junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Vicente de Raspeig, don Jesús Jiménez Pascual, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alicante número 3, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente y del Registrador. Date: Tuesday, 1 August, 2000 La Generalidad Valenciana, establece la necesidad de licencia o el certificado administrativo de su innecesariedad en toda parcelación de fincas o terrenos, prohibiendo a Notarios y Registradores autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división, parcelación o segregación de fincas o terrenos en cualquier clase de suelo sin la oportuna licencia municipal o certificación de su innecesariedadRESOLUCIÓN de 28 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Vicente de Raspeig, don Jesús Jiménez Pascual, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alicante número 3, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente y del Registrador. Date: Tuesday, 1 August, 2000 La Generalidad Valenciana, establece la necesidad de licencia o certificado administrativo de su innecesariedad en toda parcelación de fincas o terrenos, prohibiendo, en consecuencia, a Notarios y Registradores autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división, parcelación o segregación de fincas o terrenos en cualquier clase de suelo sin la oportuna licencia municipal o certificación de su innecesariedadRESOLUCIÓN de 19 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Vicente de Raspeig, don Jesús Jiménez Pascual, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alicante número 3, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente. Date: Tuesday, 1 August, 2000 La seguridad jurídica y la propia eficacia y utilidad del sistema de recursos que el legislador ha arbitrado como mecanismos de tutela jurídica, exigen, por un lado, que en tanto la cuestión planteada no se resuelva definitivamente, el mismo interesado no puede volver a plantearla por igual vía, y, por otro, que las resoluciones que la agoten sean definitivas sin posibilidad de reproducir en ella la misma pretensiónRESOLUCIÓN de 15 junio 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Héctor Salazar Otero, en nombre y representación de den José Javier Cordón Moreno, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Arnedo, don Fernando José Carabaña Aguado, a practicar una anotación preventiva de demanda en procedimiento contencioso-administrativo, en virtud de apelación del recurrente. Date: Tuesday, 1 August, 2000 La Generalidad Valenciana, establece la necesidad de licencia o el certificado administrativo de su innecesariedad en toda parcelación de fincas o terrenos, prohibiendo a Notarios y Registradores autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división, parcelación o segregación de fincas o terrenos en cualquier clase de suelo sin la oportuna licencia municipal o certificación de su innecesariedadRESOLUCIÓN de 29 de junio de 2000 de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de San Vicente de Raspeig, don Jesús Jiménez Pascual, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alicante número 3, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente. Date: Tuesday, 1 August, 2000 El acta notarial no sólo no contiene la declaración del Presidente de la Junta sobre la válida constitución de ésta, sino que de dicha acta resulta la declaración del aquél contraria a la válida constitución de la Junta, ha de ser confirmado, habida cuenta de la exigencia impuesta por los artículos 102.1.2º. y 107.2 del Reglamento del Registro MercantilRESOLUCIÓN de 24 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Arenas Dueso y don Luis Solana Pisa, en nombre de «Agropecuaria del Pirineo, Sociedad Anónima», contra la negativa de la Registradora Mercantil de Huesca, doña Pilar Palazón Valentín, a inscribir determinados acuerdos sociales. Date: Tuesday, 1 August, 2000 Pages |