Legislación

El procedimiento del que emana el embargo que se pretende anotar aparece dirigido contra el titular registral del derecho embargado, apareciendo, por tanto, plenamente satisfechas las exigencias del principio de tracto sucesivo

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Abogado de Estado, en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Las Palmas, contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 1 de dicha ciudad, don Javier Stampa Piñeiro, a practicar una escritura de anotación preventiva de embargo, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Sábado, 29 Julio, 2000

Unas mismas cantidades no pueden devengar simultáneamente intereses ordinarios y de demora, mas, respetada esta exigencia, ninguna dificultad hay para poder reclamar todos los intereses, sean remuneratorios o de demora, realmente devengados y cubiertos por las respectivas definiciones de su garantía hipotecaria -dentro de los máximos legales- aun cuando se reclamen intereses remuneratorios de los cinco últimos años e intereses moratorios también de los cinco últimos años, si así procediera, por ser distintas y de vencimiento diferente las cantidades que devengan unos y otros y, por tanto, a ambos puede extenderse la garantía hipotecaria dentro de dichos límites

RESOLUCIÓN de 16 junio 2000 de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia, don Juan Ignacio de los Mozos Tuya, a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
Sábado, 29 Julio, 2000

La doctrina y la práctica registral han entendido siempre que el dies a quo para el cómputo de la caducidad de las anotaciones preventivas es la fecha de la misma anotación, y no la de presentación del título que dio lugar a ella

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Asunción Valiña López contra la negativa del Registrador de la Propiedad, de A Coruña, número 1, don Germán Gallego Campo, a cancelar por caducidad una anotación preventiva de embargo, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
Viernes, 28 Julio, 2000

Al constar inscrita la escritura de constitución de hipoteca que ahora se modifica, y resultando del asiento registral correspondiente los pactos con trascendencia real de aquel negocio, resulta superflua la necesidad de aportar nuevamente dicha escritura de constitución para la inscripción de la novación modificativa del préstamo garantizado con esta hipoteca

RESOLUCIÓN de 30 mayo 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Tortosa, don Carlos de Andrés-Vázquez Martínez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Tortosa número 1, don Luis de Sanmillán y Farnos, a inscribir una escritura de novación de préstamo hipotecario, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

El recurso debe estimarse. Aceptado por el recurrente que subsista la anotación posterior a la hipoteca ejecutada, en cuanto a las cantidades que podrían gozar de la preferencia del artículo 9. 5, 2 de la Ley de Propiedad Horizontal, no hay ninguna duda que , en aplicación de la regla 17 del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, deben cancelarse la hipoteca ejecutada, la inscripción de venta y la de embargo a favor de la Comunidad de Propietarios, excepto, en cuanto a esta última, la parte que asegura las cantidades cuya cancelación no solicita dicho recurrente.

RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Letrado, don Francisco Torres Vallespi, en nombre de la Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de la Bisbal d'Emporda, don José María Ramírez Cárdenas y Gil, a practicar determinadas cancelaciones, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

Que se haya dirigido contra el titular registral de la finca o derecho objeto de la misma. Esta, que es una exigencia del tracto sucesivo registral conforme al artículo 20 de la Ley Hipotecaria, supone en definitiva la garantía de que el titular registral no sufra en el propio Registro las consecuencias de una indefensión judicial

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Clara Massoni, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Sant Feliu de Guixols, don Ángel Lacal Fluja, a practicar una anotación preventiva de demanda, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

Aunque la transformación no comporta la extinción de una sociedad y la constitución de otra, sino el mero cambio de forma jurídica y de la estructura interna de una sociedad cuya personalidad jurídica subsiste bajo el nuevo ropaje societario, se ha de incorporar a la escritura el informe de los expertos independientes sobre el patrimonio social «in natura»

RESOLUCIÓN 2 junio 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Luis Cuervo Calvo, en nombre de «Inversiones Ícaro, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador Mercantil número XI de Madrid, don Francisco Javier Llorente Vara, a inscribir una escritura de transformación de una sociedad de responsabilidad limitada en sociedad anónima y elevación a público de otros acuerdos sociales.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

No es bastante el conocimiento de la hipoteca por el acreedor favorecido para que, desde entonces, se empiece a contar el plazo de los dos meses a que estos preceptos se refieren, ya que para que empiece a correr este plazo se necesita una especial intimación o requerimiento en el que se determinará expresamente que transcurridos los dos meses sin hacer constar en el Registro la aceptación

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Javier Hoyal Pedrajo, en nombre de «Standar de Venezuela Española, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador número 14 de Madrid, don Luis Izquierdo Guillén, a inscribir una escritura de cancelación de hipoteca unilateral.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

La competencia para atribuir el poder de representación de los Administradores mancomunados de una sociedad de responsabilidad limitada, caso de ser más de dos, que en los Estatutos se remite a la decisión de la Junta general entre diversas alternativas, ha de estar fijado en los propios Estatutos.

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Puente Genil don Juan Pardo Defez, frente a la negativa del Registro Mercantil de Madrid XI, den Francisco Javier Llorente Vara a inscribir una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

La misma certificación presentada resulta que se halla desvirtuada la eficacia legitimadora de los asientos registrales, en tanto en cuanto, al constar en aquélla el cierre provisional de la hoja previsto en el artículo 96 del Reglamento del Registro Mercantil y no ser el de revocación del poder inscrito uno de los asientos que, conforme a dicho precepto, puedan extenderse después de practicado el cierre, ya no puede garantizar por sí sola la subsistencia de la representación voluntaria

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Modesto López Fariña, en nombre de «Pesca Serans, Sociedad Limitada», contra la negativa de la Registradora Mercantil y de Buques de Cantabria, doña Emilia Tapia Izquierdo, a inscribir una escritura de compraventa de un buque.

Fecha: 
Jueves, 27 Julio, 2000

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