Se trata de una sociedad que estuvo en disolución, pero que ha sido reactivada en virtud de acuerdos adoptados por la junta general de la compañía, habiendo sido inscrita en el Registro Mercantil la reactivación . No estando registralmente la sociedad en situación de disolución y liquidación, no procede la inscripción del nombramiento de liquidador presentado a inscripción (artículo 11 del Reglamento del Registro Mercantil).

Fecha: 
Jueves, 29 Julio, 2021