Se presenta al registro una escritura de elevación a público de un acuerdo de constitución en régimen de propiedad horizontal y estatutos y regularización de titularidad de elementos comunes. El registrador señala que se requierer la autorización unánime de todos los propietarios. Es doctrina del TS que como el acuerdo solo pretende dar forma a una comunidad ya existente, no es precisa la unanimidad, ya que no se pretende la constitución sino la formalización de la misma.

Fecha: 
Lunes, 26 Julio, 2021