Se eleva a público el acuerdo adoptado el día 18 de abril de 2023 por la junta general ordinaria de la comunidad de propietarios de determinado edificio en régimen de propiedad horizontal por el que "las viviendas de este bloque no pueden tener un uso de destino vacacional". Según consta en dicha escritura, el acuerdo fue aprobado con voto favorable de quienes representan las tres quintas partes de propietarios, que representan las tres quintas partes de las cuotas de participación y el registrador fundamenta su negativa a la práctica de la inscripción solicitada en que, además de otros defectos no impugnados, se requiere la unanimidad del total de los propietarios.

Fecha: 
Jueves, 18 Enero, 2024