Resolución de 20 de marzo de 2013, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocado por la Resolución de 6 de febrero de 2013.



Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes convocado por la Resolución de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre («DOGC» núm. 4762, de 16-11-2006), resuelvo:

La provisión de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: Marta Valls Teixidó, número de escalafón 485. Registro de Girona, 1. Resultas: Blanes.

Nombre: José Luis Hernández Alonso, número de escalafón 243. Registro de Tortosa, 2. Resultas: Cerdanyola del Vallès, 1.

Nombre: Manuel Ballesteros Alonso, número de escalafón 137. Registro de Terrassa, 1. Resultas: Granollers, 2.

Nombre: Manuel Felipe Vargas Zúñiga Juanes, número de escalafón 181. Registro de Sant Cugat del Vallès, 1. Resultas: Pineda.

Información sobre los recursos a interponer:

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» y en el «Boletín Oficial del Estado», y a partir del día siguiente de la última publicación en el caso de que la publicación no se haga simultáneamente en los dos boletines oficiales.

Barcelona, 20 de marzo de 2013.–El Director General de Derecho y de Entidades Jurídicas, Santiago Ballester i Muñoz.

Fecha: 
Viernes, 5 Abril, 2013