Presentada escritura de elevación a público de acuerdos sociales de aumento de capital de una sociedad de responsabilidad limitada, la registradora Mercantil suspende la calificación. Fundamenta su decisión en la existencia de un previo expediente de designación de auditor a instancia de la minoría en el que se ha accedido a la solicitud del instante. Dicho expediente ha sido objeto de recurso ante la Dirección General. La resolución de suspensión entiende que existiendo indeterminación sobre si el solicitante de la auditoría es socio, no puede despacharse la escritura de aumento de capital al haber sido adoptado dicho acuerdo en una junta general a la que aquél no fue convocado. La resolución de suspensión es plenamente acertada por resultar del contenido del registro una situación de indeterminación que obligaba a la registradora a actuar como lo hizo.

Fecha: 
Viernes, 2 Octubre, 2020