ORDEN FORAL 358/2003, de 9 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 170 de declaración informativa de las cantidades percibidas por los promotores de viviendas a cuenta del precio de adquisición de éstas, así como los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador.

El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 177/1999, de 24 mayo, establece en su artículo 52.1 que se asimilan a la adquisición de vivienda la construcción o ampliación de la misma, en los siguientes términos:

_Ampliación de vivienda, cuando se produzca el aumento de su superficie habitable, mediante cerramiento de parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año.

_Construcción, cuando el sujeto pasivo satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras o entregue cantidades a cuenta al promotor de aquéllas, siempre que finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión.

Dentro del Capítulo II del Título IV del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que regula las obligaciones formales, contables y registrales, el artículo 62.13 establece que las personas o entidades promotoras de viviendas deberán presentar, en el mes de enero del año inmediato siguiente, una declaración informativa de las cantidades que hayan percibido a cuenta del precio de adquisición de dichas viviendas. En la declaración habrá de constar la identidad, con el nombre y apellidos y número de identificación fiscal, de los sujetos pasivos que hayan entregado las cantidades a cuenta, así como su importe. En el supuesto de que las entregas se efectúen mediante efectos cambiarios, la información habrá de referirse a la fecha del pago de tales efectos.

En el apartado 14 del mismo artículo 62 se señala que las declaraciones informativas a que se refieren los apartados anteriores se efectuarán en la forma y lugar que establezca el Consejero de Economía y Hacienda, quien podrá determinar el procedimiento y las condiciones en que proceda su presentación en soporte directamente legible por ordenador o por medios telemáticos. Las citadas declaraciones informativas se presentarán de acuerdo con los criterios de competencia establecidos en el Convenio Económico.

Para dar cumplimiento a lo establecido en estos artículos, resulta necesario establecer el cauce formal que deben seguir las personas o entidades que se hallan obligadas a su cumplimiento.

El artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, atribuye a los Consejeros, en relación con las competencias propias de su Departamento, el ejercicio, mediante Orden Foral, de la potestad reglamentaria.

En consecuencia, y haciendo uso de tal atribución.

ORDENO:

Primero._Aprobación del modelo 170 y del soporte directamente legible por ordenador.

Uno. Se aprueba el modelo 170 "declaración informativa de las cantidades percibidas por los promotores de viviendas a cuenta del precio de adquisición de éstas", que figura en el Anexo I de esta Orden Foral. Este modelo de declaración anual consta de los siguientes documentos:

a) Hoja-resumen, que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

b) Hojas interiores de relación nominativa de sujetos pasivos que hayan realizado las entregas a cuenta, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

Dos. Se aprueban los diseños físicos y lógicos, que figuran en el Anexo II de esta Orden Foral, a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 170.

Tres. Será obligatoria la presentación en soporte directamente legible por ordenador de aquellas relaciones que contengan más de 25 personas o entidades incluidas en la declaración. En los demás casos la presentación en soporte directamente legible por ordenador será voluntaria.

Cuatro. Las declaraciones anuales de los promotores de viviendas en soporte directamente legible por ordenador podrán presentarse de forma individual o de forma colectiva, según que el archivo correspondiente contenga los datos de un solo declarante, en el primer caso, o de varios, en el segundo.

Cinco. No será necesario efectuar petición previa alguna para realizar la presentación de estas declaraciones en soporte directamente legible por ordenador, ya sea de forma individual o colectiva, en los términos establecidos en el presente apartado.

Segundo._Sujetos obligados a declarar.

Estarán obligados a presentar el modelo 170, tanto en papel impreso como en soporte directamente legible por ordenador, las personas o entidades promotoras de viviendas que hayan percibido durante el ejercicio cantidades a cuenta del precio de adquisición de aquéllas, siempre que se encuentren en alguno de los siguientes casos:

a) Promotores que sean personas jurídicas, salvo las entidades que tributen en régimen de atribución de rentas:

a') Que deban tributar por el Impuesto sobre Sociedades exclusivamente a la Comunidad Foral de Navarra.

b') Que deban tributar por el Impuesto sobre Sociedades a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Foral de Navarra cuando su domicilio fiscal esté en territorio navarro, siempre que el volumen de operaciones realizado durante el ejercicio anterior en territorio de régimen común no alcance el 75 por 100 del total, de acuerdo con los puntos de conexión establecidos en los artículos 19, 20 y 21 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

b) Promotores que sean entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, cuando tengan su domicilio fiscal en Navarra.

c) Promotores que sean personas físicas, cuando tengan su residencia habitual en Navarra.

Tercero._Lugar y plazo de presentación del modelo 170.

Uno. El modelo 170, tanto en papel impreso como en soporte directamente legible por ordenador, se presentará en el Departamento de Economía y Hacienda.

Dos. La presentación del modelo 170, tanto en papel impreso como en soporte directamente legible por ordenador, se realizará en los treinta primeros días naturales del mes de enero de cada año, en relación con la información relativa al año natural inmediatamente anterior.

Cuarto._Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 170 y forma de presentación del mismo.

Uno. Tratándose de presentación individual en soporte directamente legible por ordenador, el declarante presentará los siguientes documentos:

1. Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja-resumen del modelo 170, cada uno de los cuales deberá estar debidamente firmado, indicando en los espacios correspondientes la identidad del firmante así como los restantes datos que en la citada hoja-resumen se solicitan.

Una vez sellado por la oficina receptora, el declarante retirará el "ejemplar para el interesado" de la hoja-resumen del modelo 170 presentado, que servirá como justificante de la entrega.

2. El soporte directamente legible por ordenador que deberá tener una etiqueta adherida en el exterior en la que se hagan constar los datos que se especifican a continuación y, necesariamente, en este orden:

a) Ejercicio.

b) Modelo de presentación: 170.

c) Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) del declarante.

d) Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante.

e) Domicilio, municipio y código postal del declarante.

f) Apellidos y nombre de la persona con quien relacionarse.

g) Teléfono y extensión de dicha persona.

h) Número total de registros de todo el archivo.

i) Densidad del soporte en disquetes de 3 1/2": 1.44MB.

Para hacer constar los referidos datos bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que le corresponda según la relación anterior.

En el supuesto de que el archivo conste de más de un soporte directamente legible por ordenador, todos llevarán su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc., siendo "n" el número total de soportes. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a), b), c) y d) anteriores.

Dos. Tratándose de presentación colectiva en soporte directamente legible por ordenador, la persona o entidad presentadora entregará los siguientes documentos:

1. Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja-resumen correspondiente al presentador, modelo 170, cada uno de los cuales deberá estar debidamente firmado, indicándose en el espacio correspondiente la identidad del firmante así como los restantes datos relativos al número total de declarantes (promotores de viviendas) y el número total de personas o entidades que hayan realizado durante el ejercicio entregas a cuenta a los promotores para la adquisición de viviendas.

Una vez sellado por la oficina receptora, el presentador retirará el "ejemplar para el interesado" de la hoja-resumen, que servirá como justificante de la entrega.

2. Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de las hojas-resumen, modelo 170, correspondientes a todos y cada uno de los declarantes (promotores de viviendas) debidamente firmados y cumplimentados.

Cada uno de los ejemplares deberá llevar cumplimentados los datos de identificación de dichos promotores.

Una vez sellados por la oficina receptora, el presentador retirará los "ejemplares para el interesado" de las hojas-resumen correspondientes a los declarantes. No obstante, si el número de hojas-resumen presentadas así lo aconseja y con el objeto de agilizar la recogida de documentos, la retirada por el presentador de los ejemplares sellados podrá realizarse con posterioridad a la presentación, lo que será oportunamente comunicado.

3. El soporte, que deberá tener una etiqueta adherida en el exterior en la que se hagan constar los datos del presentador que se especifican a continuación y, necesariamente, en este orden:

a) Ejercicio.

b) Modelo de presentación: 170.

c) Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) del presentador.

d) Apellidos y nombre, o razón social, del presentador.

e) Domicilio, municipio y código postal del presentador.

f) Apellidos y nombre de la persona con quien relacionarse.

g) Teléfono y extensión de dicha persona.

h) Número total de registros de todo el archivo.

i) Densidad del soporte en disquetes de 3 1/2": 1.44MB.

j) Número total de declarantes presentados.

k) Número total de personas o entidades que hayan efectuado entregas a cuenta a los promotores de viviendas.

Para hacer constar los referidos datos bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que le corresponda según la relación anterior.

En caso de que la presentación conste de más de un soporte directamente legible por ordenador, todos llevarán adherida su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc. siendo "n" el número total de soportes. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a), b), c) y d) anteriores.

Tres. Todas las recepciones de soportes legibles por ordenador serán provisionales, a resultas de su proceso y comprobación. Cuando no se ajusten al diseño y demás especificaciones establecidas en la presente Orden Foral, o cuando no resulte posible el acceso a la información contenida en los mismos, se requerirá al declarante para que en el plazo de diez días hábiles subsane los defectos de que adolezca el soporte informático presentado, transcurridos los cuales y de persistir anomalías que impidan a la Administración tributaria el acceso a los datos exigibles, se tendrá por no válida la declaración informativa a todos los efectos, circunstancia ésta que se pondrá en conocimiento del obligado tributario de forma motivada.

Cuatro. Por razones de seguridad, los soportes legibles directamente por ordenador no se devolverán, salvo que se solicite expresamente, en cuyo caso se procederá al borrado y entrega de los mismos u otros similares.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y afectará por primera vez a las declaraciones que contengan información relativa al año 2003.

El plazo de presentación de las declaraciones correspondientes al año 2003 será el comprendido entre el 1 de enero y el 20 de febrero de 2004.

Pamplona, nueve de diciembre de dos mil tres._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.

ANEXO I

ANEXO II

Diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador del modelo 170

A) Características de los soportes magnéticos

Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de las declaraciones informativas de las cantidades percibidas por los promotores de viviendas a cuenta del precio de adquisición de las mismas (modelo 170) habrán de cumplir las siguientes características:

Disquetes:

De 3 ½" doble cara. Alta densidad (1.44 MB). Sistema operativo MS-DOS y compatibles.

Código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.

Registros de: 250 posiciones.

Los disquetes de 3 ½" deberán llevar un solo fichero, cuyo nombre será CEXXXX, siendo XXXX las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración, conteniendo este único fichero los diferentes tipos de registros y en el orden que se menciona en el apartado B).

Si el fichero ocupa más de un disquete, deberá particionarse en tantos ficheros como sea necesario. Cada uno de los ficheros parciales tendrá la denominación CExxxx.NNN (NNN=001,002, ...), siendo xxxx las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración y NNN el número consecutivo del fichero comenzando por el 001.

Los archivos parciales contendrán siempre registros completos, es decir, nunca podrá particionarse el fichero dejando registros incompletos en los ficheros parciales.

B) Diseños lógicos

Descripción de los registros.

Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:

Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y hoja-resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.

Tipo 2: Registro de declarado y de localización de la vivienda en construcción. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.

El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como declarados tenga la declaración.

Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas y sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas.

Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la "Ç" (cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).

Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.

Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.

En los supuestos de presentación colectiva (más de un declarante en el mismo archivo) se presentará como primer registro del soporte un registro tipo cero (registro del presentador), con arreglo al diseño del tipo de registro cero que se incluye a continuación en este mismo apartado B), el cual contendrá los datos de la persona o entidad responsable de la presentación y existirá en todo caso, aunque dicha persona o entidad figure también en el soporte como declarante. A continuación seguirán los datos del primer declarante (registro de tipo 1), seguidos de sus declarados y localización de viviendas (registro de tipo 2); y a continuación los datos del siguiente declarante seguidos de sus declarados y localización de viviendas y así sucesivamente.

El primer registro del fichero (tipo 0 para presentaciones colectivas ó tipo 1 para presentaciones individuales) contendrá un campo de 13 caracteres, en las posiciones 238 a 250, reservado para el sello electrónico, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

MODELO 170

A._TIPO DE REGISTRO 0

Presentación colectiva

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '0' (cero).

2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACION.

Constante '170'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL PRESENTADOR.

Se consignará el N.I.F. del presentador.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PRESENTADOR.

Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

58-109 Alfanumérico DOMICILIO DEL PRESENTADOR.

Este campo se subdivide en nueve:

58-59 SG: Siglas de la vía pública.

60-79 VIA PUBLICA: Nombre de la Vía Pública. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ej.: 2 de mayo, será dos de mayo). En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km.

80-84 NUMERO: Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.

85-86 ESCALERA.

87-88 PISO.

89-90 PUERTA.

91-95 CODIGO POSTAL: El que corresponda al domicilio del presentador. Ha de ser numérico de cinco posiciones.

96-107 MUNICIPIO: Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros, sin artículos ni preposiciones.

108-109 CODIGO PROVINCIA: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el campo "CODIGO PROVINCIA" del registro de declarado (Tipo 2). Numérico.

110-114 Numérico TOTAL DECLARANTES.

Se indicará el número total de personas o entidades declarantes incluidas en el soporte colectivo. (Número de registros de tipo 1 grabados).

115-123 Numérico TOTAL DECLARADOS.

Se indicará el número total de declarados (registros) incluidos en el soporte, con independencia de los declarantes a que correspondan.

124 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Se cumplimentará una de las siguientes claves:

'D': Si la información se presenta en disquete.

'T': Transmisión telemática.

125-173 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:

125-133 TELEFONO: Campo numérico de nueve posiciones.

134-173 APELLIDOS Y NOMBRE: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

174-237 BLANCOS.

238-250 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones colectivas, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

(*) Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

(*) Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO 170

B._TIPO DE REGISTRO 1

Registro del declarante

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '1' (uno).

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '170'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.

9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE.

Se consignará el N.I.F. del declarante.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE.

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

Para personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

58 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Alfabético de una posición.

'D': Si la información se presenta en disquete.

'T': Transmisión telemática.

59-107 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quien relacionarse.

Este campo se subdivide en:

59-67 TELEFONO: Numérico de 9 posiciones.

68-107 APELLIDOS Y NOMBRE: Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

108-120 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION.

Se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración.

121-122 Alfabético DECLARACION COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA.

En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos:

121 DECLARACION COMPLEMENTARIA: Se consignará una "C" si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir aportaciones al promotor que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidas en la misma.

122 DECLARACION SUSTITUTIVA: Se consignará una "S" si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior.

123-135 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION ANTERIOR.

Unicamente en el caso de que se haya consignado "S" en el campo "DECLARACION SUSTITUTIVA" se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración a la que sustituye.

En cualquier otro caso deberá rellenarse a CEROS.

136-144 Numérico TOTAL DECLARADOS.

Se consignará el número total de declarados en el soporte para este declarante.

Si un mismo declarado figura más de una vez en el soporte, se computarán tantos declarados como veces aparezca relacionado.

145-160 Alfanumérico IMPORTE TOTAL NETO DE LAS CANTIDADES A CUENTA RECIBIDAS POR EL PROMOTOR.

Este campo se subdivide en dos:

145 SIGNO. Alfabético.

Si el importe de las cuantías recibidas que viene a continuación es negativo se consignará una "N". Si es positivo se dejará un espacio en blanco.

146-160 IMPORTE DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA. Numérico.

Se consignará la suma de las cuantías entregadas al promotor correspondientes a los registros de declarado (posiciones 79 a 93 del registro de tipo 2).

Si en los registros de declarados se hubiera consignado una "N" en el campo "SIGNO" (posición 78 del registro de tipo 2), el correspondiente al campo "IMPORTE DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA POR CADA DECLARADO" (posiciones 79 a 93 del registro de tipo 2) se computará con signo menos al totalizar los importes que deban reflejarse en esta suma.

161-237 BLANCOS.

238-250 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones colectivas, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

(*) Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

(*) Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO 170

C._TIPO DE REGISTRO 2

Registro del declarado y de localización de la vivienda en construcción

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '2' (dos).

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '170'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

18-26 Alfanumérico NIF DEL DECLARADO.

Se consignará el N.I.F. de quien hace la entrega a cuenta al promotor de viviendas (el declarado).

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y relleno de ceros a la izquierda.

27-35 Alfanumérico NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL.

Si el declarado es menor de edad se consignará en este campo el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y relleno a ceros a la izquierda.

En cualquier otro caso, el contenido de este campo se rellenará a espacios.

36-75 Alfabético APELLIDOS Y NOMBRE DEL DECLARADO.

Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden.

76-77 Numérico CODIGO PROVINCIA DEL DOMICILIO DEL DECLARADO.

Con carácter general, se consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación:

ALAVA 01

ALBACETE 02

ALICANTE 03

ALMERIA 04

ASTURIAS 33

AVILA 05

BADAJOZ 06

BARCELONA 08

BURGOS 09

CACERES 10

CADIZ 11

CANTABRIA 39

CASTELLON 12

CEUTA 51

CIUDAD REAL 13

CORDOBA 14

CORUÑA, A 15

CUENCA 16

GIRONA 17

GRANADA 18

GUADALAJARA 19

GUIPUZCOA 20

HUELVA 21

HUESCA 22

ILLES BALEARS 07

JAEN 23

LEON 24

LLEIDA 25

LUGO 27

MADRID 28

MALAGA 29

MELILLA 52

MURCIA 30

NAVARRA 31

OURENSE 32

PALENCIA 34

PALMAS, LAS 35

PONTEVEDRA 36

RIOJA, LA 26

SALAMANCA 37

S.C. TENERIFE 38

SEGOVIA 40

SEVILLA 41

SORIA 42

TARRAGONA 43

TERUEL 44

TOLEDO 45

VALENCIA 46

VALLADOLID 47

VIZCAYA 48

ZAMORA 49

ZARAGOZA 50

78-93 Alfanumérico IMPORTE TOTAL NETO DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA AL PROMOTOR DURANTE EL EJERCICIO POR CADA DECLARADO.

Este campo se subdivide en dos:

78 SIGNO: Alfabético.

Se cumplimentará cuando las entregas a cuenta correspondan a cantidades reintegradas por el promotor en el ejercicio como consecuencia de haber sido indebida o excesivamente percibidas en ejercicios anteriores. En este caso se consignará una "N"; en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.

79-93 IMPORTE DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA POR CADA DECLARADO.

Numérico.

Se consignará sin signo y sin decimales el importe total neto entregado al promotor durante el ejercicio.

Este campo se subdivide en dos:

79-91 Parte entera del importe total neto de las cantidades entregadas al promotor durante el ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

92-93 Parte decimal del importe total neto de las cantidades entregadas al promotor durante el ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

94-154 Alfanumérico LOCALIZACION DE LA VIVIENDA A ENTREGAR POR EL PROMOTOR.

Los datos siguientes se asignarán siempre que se conozcan en el momento de la presentación de este modelo informativo.

94-104 REFERENCIA CATASTRAL.

Numérico de once posiciones

Se consignará la referencia catastral correspondiente a la vivienda a entregar por el promotor, con el siguiente desglose:

94-95 POLIGONO: Numérico de dos posiciones.

96-99 PARCELA: Numérico de cuatro posiciones.

100-101 SUBAREA: Numérico de 2 posiciones.

102-104 UNIDAD URBANA: Numérico de tres posiciones.

105-106 CODIGO PROVINCIA. Numérico

Se consignarán los dos dígitos de la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, que corresponda a la citada vivienda, según la relación ya reseñada en las posiciones 76 y 77 anteriores.

107-121 MUNICIPIO. Alfabético

Se consignará el correspondiente a la vivienda.

122-123 S.G. Alfabético.

Siglas del domicilio de la vivienda a entregar por el promotor, según las siguientes claves:

AL= Alameda, Aldea

AP= Apartamento

AV= Avenida

BL= Bloque

BO= Barrio

CH= Chalet

CL= Calle

CM= Camino

CO= Colonia

CR= Carretera

CS= Caserío

CT= Cuesta

ED= Edificio

GL= Glorieta

GR= Grupo

LU= Lugar

ME= Mercado

MU= Municipio

MZ= Manzana

PB= Poblado

PG= Polígono

PJ= Pasaje

PQ= Parque

PZ= Plaza

PR= Prolongación

PS= Paseo

RB= Rambla

RD= Ronda

TR= Travesía

UR= Urbanización

124-143 NOMBRE DE LA VIA PUBLICA. Alfabético.

Nombre de la vía pública del domicilio de la vivienda. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ej.: 2 de mayo, será dos de mayo). Si no cupiese completo el nombre, no grabar artículos, preposiciones ni conjunciones y utilizar abreviaturas de uso general. En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km.

144-148 NUMERO. Numérico sin decimales.

149-150 ESCALERA. Alfanumérico.

151-152 PISO. Alfanumérico.

153-154 PUERTA. Alfanumérico.

155-250 BLANCOS.

(*) Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

(*) Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

Fecha: 
Miércoles, 31 Diciembre, 2003