El registrador suspende la inscripción de una declaración de obra nueva de la propiedad, por no fijarse una nueva cuota al elemento del que depende el anexo que se construye, el cual considera, en realidad, un nuevo piso. Argumenta el registrador que la inscripción del derecho de vuelo está completamente indeterminada pero tiene que admitirse por estar inscrita en el registro y, por lo tanto, bajo la salvaguardia de los tribunales de justicia. También considera que en este supuesto no hay ningún pacto que permita la expansión del derecho de vuelo sin simultánea expansión de la cuota.

Fecha: 
Lunes, 22 Junio, 2015