La cuestión a resolver en este expediente consiste en determinar si es posible rectificar una inscripción de constitución de finca en régimen de división horizontal en virtud de instancia suscrita por el presidente de la comunidad de propietarios solicitando la rectificación –por existir un error de transcripción en la inscripción de las normas estatutarias que contiene la escritura de constitución de la división horizontal, en el sentido de que en los apartados a) y c) de las normas especiales se impone a todos los titulares de las viviendas el pago de los gastos de mantenimiento descritos por partes iguales, en vez de imponerlos de manera proporcional a su cuota de participación, y que en vez de exonerar de dichos gastos a los titulares de los departamentos 38 y 39, exonera al titular del departamento número 1–, acompañada de copia autorizada de la citada escritura que motivó la inscripción y que pone de manifiesto la existencia de dicho error de transcripción.

Fecha: 
Viernes, 8 Marzo, 2024