CORRECCIÓN de errores de la Ley del Principado de Asturias 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.



CORRECCIÓN de errores de la Ley del Principado de Asturias 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.

Advertidos errores en el texto de la Ley del Principado de Asturias 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 194, de 14 de agosto de 2000) se procede a su rectificación en el siguiente sentido:

En la página 28968:

«Donde dice: «Título VI. Régimen disciplinario.», debe decir: «Título V. Régimen disciplinario.».

En la página 28971:

Cuota por unidad En el artículo 90 «Sanciones».

En el apartado 1, donde dice: «serán, respectivamente, las previstas en las letras b), c) y d) del artículo 82.1 y en las letras a), b) y d) del artículo 82.2.», debe decir: «... serán, respectivamente, las previstas en las letras b), c) y d) del artículo 84.1 y en las letras a), b) y d) del artículo 84.2.».

En el apartado 4, donde dice: «... en la medida en que puedan resultar de aplicación, los criterios previstos en el artículo 83 de esta Ley.», debe decir: «... en la medida en que puedan resultar de aplicación, los criterios previstos en el artículo 85 de esta Ley.».

En la página 28972:

En el apartado 2 de la disposición transitoria octava «Adecuación estatutaria», donde dice: «... elevándolos a la Consejería de Economía para su aprobación en su caso. La Consejería de Economía deberá resolver ... », debe decir: «... elevándolos a la Consejería de Hacienda para su aprobación en su caso. La Consejería de Hacienda deberá resolver ... »

(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» núm. 285, de 11 de diciembre de 2000)

Fecha: 
Lunes, 11 Diciembre, 2000