Boletín Oficial de Estado

INSTRUCCION de 28 de noviembre de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, relativa a la identificación y constancia de los medios de pago en las escrituras relativas a actos o contratos por los que se declaren, transmitan, graven, modifiquen o extingan a título oneroso el dominio y los demás derechos reales sobre bienes inmuebles.

La reciente Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal ha reformado el artículo 24 de la Ley de organización del Notariado, de 28 de mayo de 1862, a los efectos de que los notarios identifiquen en las escrituras a que se refiere esta Instrucción los medios de pago empleados por las partes.

Fecha: 
Viernes, 15 Diciembre, 2006

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2006, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2007, a efectos de cómputo de plazo.

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la Administración General del Estado fijará, con sujeción al calendario laboral oficial, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.

Fecha: 
Jueves, 14 Diciembre, 2006

Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.

El incremento que últimamente están experimentando las instalaciones de sistemas de cámaras y videocámaras con fines de vigilancia ha generado numerosas dudas en lo relativo al tratamiento de las imágenes que ello implica. Además es un sector que ofrece múltiples medios de tratar datos personales como pueden ser los circuitos cerrados de televisión, grabación por dispositivos «webcam», digitalización de imágenes o instalación de cámaras en el lugar de trabajo.

Fecha: 
Martes, 12 Diciembre, 2006

REAL DECRETO 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores.

El Real Decreto 34/1988, de 21 de enero, por el que se regulan los pagos, depósitos y consignaciones judiciales, supuso un importante avance respecto a la regulación anterior: suprimió la recepción material de dinero en los Juzgados y Tribunales, estableció la obligatoriedad de una única entidad de crédito para prestar el servicio y fijó determinados parámetros de homogeneización en la gestión de las cuentas.

Fecha: 
Viernes, 12 Mayo, 2006

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