VENTAJA INJUSTA Y PROTECCIÓN DE LA PARTE DÉBIL DEL CONTRATO

El presente estudio centra su atención en la regulación y la utilidad de la figura de la ventaja injusta que deviene un instrumento eficaz para combatir contratos excesivamente desequilibrados en perjuicio de una de las partes contratantes. El legislador catalán, a raíz de la aprobación del Libro Sexto del Código civil de Cataluña, ha querido dar un paso adelante en cuanto a la previsión de normativas que aspiran a lograr un Derecho contractual con un carácter marcadamente social mediante la introducción de la ventaja injusta, pionera en el entorno del Estado español. La finalidad de esta figura es la de proteger la integridad del consentimiento; dotar de una acción para combatir las consecuencias injustas de aquel consentimiento que se prestó apresuradamente y sin plena libertad de elección, y solucionar, a su vez, una falta de equivalencia objetiva entre las prestaciones. Para ello ha dado lugar a una institución autónoma de protección de la parte débil que se sitúa entre la justicia sustantiva y la justicia procedimental. En relación con los remedios señalados por la norma, la regulación presenta un régimen de revisión del contrato preferible al de la ineficacia del mismo. Ello se proyecta mediante la adaptación del contrato por el juez como medio preferible a su rescisión, permitiendo reconducir el negocio jurídico a una situación simétrica para ambas partes. Esta obra desarrolla un estudio exhaustivo sobre la institución de la ventaja injusta mediante un análisis crítico que destaca los beneficios que supone la incorporación de dicha figura en el ordenamiento jurídico y a su vez, plantea propuestas de modificación sobre la regulación introducida a partir del examen de las propuestas armonizadoras del Derecho contractual europeo y de los códigos de nuestro entorno.

Date: 
December
Author: 
ROSA BARCELÓ COMPTE
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