Resolución de 10 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocado por la Resolución JUS/1406/2012, de 3 de julio.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas JUS/1406/2012, de 3 de julio, y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006), resuelvo:

La provisión de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: Josep Maria Ferran Guitart, número de escalafón 95.

Registro de Granollers núm. 1.

Resultas: Esplugues de Llobregat.

Nombre: Juan Marrero Francés, número de escalafón 736.

Registro de L'Hospitalet de Llobregat núm. 5.

Resultas: L'Hospitalet de Llobregat núm. 6.

Nombre: Luis Miguel Fernández Cendejas, número de escalafón 213.

Registro de Tarragona núm. 1.

Resultas: Sant Boi de Llobregat.

Información sobre los recursos a interponer.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC y en el BOE, y a partir del día siguiente al de la última publicación en caso de que la publicación no se haga simultáneamente en los dos diarios oficiales.

Barcelona, 10 de septiembre de 2012.–El Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas, Santiago Ballester i Muñoz.

Date: 
Thursday, 20 September, 2012