Boletín Oficial de Estado
El Consejo de Ministros, en su reunión de 14 de agosto de 2008, y a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y de los Ministros de Justicia, de Administraciones Públicas, de Industria, Turismo y Comercio, de Fomento, de Vivienda, de Ciencia e Innovación, de Sanidad y Consumo y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ha adoptado un Acuerdo sobre medidas de reforma estructural y de impulso de la financiación de las pequeñas y medianas empresas.
En el recurso contencioso administrativo n.º 77/2007, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Jacinto Gómez Simón, en nombre y representación de los Registradores de la Propiedad D. José Manuel García García y D.
Vista la instancia del Notario de Barcelona, don Juan José Suárez Losada, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Vista la instancia del Notario de Zaragoza, don José Santos García Heredia, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Vigo, perteneciente al Colegio Notarial de Galicia, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 88 a 96, y demás concordantes del Reglamento de la Organización y Régimen Jurídico del Notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre Demarcación Notarial, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallan vacantes al día de la fecha según se relacionan en el anexo I a la presente resolución.
El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, en su artículo 101, se refiere al Número de Identidad de Extranjero, indicando que los extranjeros que, tanto obtengan un documento que les habilite para permanecer en España, como para otros supuestos, serán dotados, a los efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial, que será el identificador del extranjero y deber
En cumplimiento del mandato contenido en el artículo 275 bis de la Ley Hipotecaria, el Real Decreto 1039 /2003, de 1 de agosto, por el que se regula el derecho de los interesados para instar la intervención de registrador sustituto, estableció, en su artículo 4, el sistema para llevar a cabo la citada sustitución y autorizó, en su Disposición Adicional Primera, a la Dirección General de los Registros y del Notariado a elaborar un cuadro de sustituciones que cumpliera con los requisitos generales previstos en el artículo 4 del Real Decreto, el cual se aprobó
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Barcelona don Javier Martínez Monche, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Valladolid, D. Jesús Torres Espiga, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
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