Boletín Oficial de Estado
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presenten vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
El artículo 24.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos establece que las administraciones públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Accediendo a los solicitado por don Manuel Pedro Bernáldez Bernáldez, en representación de «Lico Leasing, S.A., EFC», domiciliada en Madrid, calle Miguel Ángel, 23, con código de identificación fiscal A-28167799.
Teniendo en cuenta:
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Sanlúcar de Barrameda, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial,
Date: Thursday, 29 October, 2009
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
PREÁMBULO
I Date: Tuesday, 27 October, 2009
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Santander, don José María de Prada Diez, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Date: Tuesday, 27 October, 2009
En vista de lo solicitado por el notario de Madrid, don Pedro Domínguez Sors, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y concordantes del Reglamento Notarial. Date: Tuesday, 27 October, 2009
Date: Tuesday, 27 October, 2009
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO Date: Wednesday, 21 October, 2009
El apartado 1 del artículo 32 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre (en adelante RD 217/2008) establece que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) deberá publicar la lista de registros exigidos de conformidad con lo dispuesto en Date: Wednesday, 21 October, 2009
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