El registrador deniega el depósito de las cuentas anuales de una sociedad, por la falta de inscripción de la mercantil en el Registro de Prestaciones de Servicios a Sociedades y Fideicomisos, habiendo aportado la sociedad, entre los documentos contables a depositar, el relativo a los prestadores de servicios. La Ley 10/2010, de 28 de abril estipula que las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional presten todos o alguno de los servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la Ley, deberán, previamente al inicio de sus actividades, inscribirse de forma obligatoria en el Registro Mercantil y junto con el depósito de cuentas anuales, deberán acompañar un documento del que resulten una serie de datos sobre los servicios prestados.

Date: 
Thursday, 18 February, 2021