El Colegio de Notarios de Cataluña y el Ayuntamiento de Lleida firman un convenio para mejorar la gestión del IBI y del IIVTNU

El Colegio de Notarios de Cataluña y el Ayuntamiento de Lleida firman un convenio para mejorar la gestión del IBI y del IIVTNU

20 de julio, 2011 | 2011, Noticias

  • A partir de ahora estos impuestos se podrán liquidar directamente en la notaría

El Colegio de Notarios de Cataluña y el Ayuntamiento de Lleida han firmado esta tarde un convenio para mejorar la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) i el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o  Plusvalía). El objetivo del conveni es facilitar a los ciudadanos el pago de estos impuestos, además de agilizar su gestión aprovechando las plataformas tecnológicas de que disponen ambas instituciones. Joan Carles Ollé, Decano del Colegio de Notarios de Cataluña, y Àngel Ros, Alcalde de Lleida, han sido los encargados de firmar el acuerdo en un acto que ha tenido lugar en La Paeria.  

El acuerdo prevé que des de las notarías, utilitzando la plataforma tecnológica corporativa del notariado, connectada a la base de datos del Ayuntamiento, será posible obtener el borrador de la autoliquidación deI IIVTNU, en caso que así lo solicite el interesado. Además, cuando el notario seleccione la opción de pagar, el Ayuntamiento expedirá automáticamente la carta de pago, pudiéndola obtener y facilitar desde la misma notaría. El abono se  realizará, preferentmente, a través de un sistema integrado de pago online. Por otro lado, para quienes no sean sujetos pasivos del impuesto y les resulte de aplicación alguna norma de cierre registral, también se podrá presentar telemáticamente desde la propia notaría la comunicación obligatoria a que se refiere el artículo 110.6 del Texto refundido de la Ley  reguladora de les haciendas locales. El convenio también contempla que se incorporarán en el padrón del IBI los efectos de carácter tributario deducidos de las alteraciones catastrales  declaradas mediante escritura notarial.

En caso de que los obligados al pago del IIVVTNU no consientan el pago del impuesto a la notaría, los notarios les advertirán de la obligación de presentar la autoliquidación y de realizar el pago en los plazos previstos. Así mismo, se informarà al transmitente, en caso de las transmisiones onerosas, cuando se haya pactado que el adquiriente asume el pago del impuesto, que estos pactos no producirán efectos ante el Ayuntamiento de Lleida, además  de comunicar a los intervinientes las repercusiones fiscales que, en el ámbito local, se pudiran derivar de los documentos autorizados, haciéndolo constar en la escritura pública.

Otro de los aspectos que incorpora el convenio es que los notarios, también desde la plataforma telemática de que disponen, remitirán mensualmente al Ayuntamiento los índices notariales relativos a los documentos autorizados y remitirán copia simple electrónica de las gestiones de autoliquidaciones del IIVTNU hechas en la notaría. Para facilitar esta tarea, los  notarios podrán solicitar online al Ayuntamiento información sobre las deudas pendientes por el IBI asociados al inmueble que se transmite, y podrán acceder a los ficheros informáticos que resulten necesarios para presentar la autoliquidación del IIVTNU y obtener información de los datos catastrales. .

Puede ser de su interés...

Colegio Notarial de Cataluña