Convenio de colaboración entre el Colegio y el Departamento de Justicia para reforzar el impulso de la mediación

Convenio de colaboración entre el Colegio y el Departamento de Justicia para reforzar el impulso de la mediación

3 de agosto, 2015 | 2015, Mediación, Noticias

  • El Colegio Notarial y el Departamento de Justicia han firmado un convenio con el objetivo de impulsar y difundir la mediación como método de resolución de conflictos
  • Crece la red de colegios profesionales que colaboran con el Departamento de Justicia para fomentar la mediación

El decano del Colegio Notarial de Cataluña, Joan Carles Ollé, y el consejero de Justicia, Germà Gordó, han firmado esta mañana un convenio de colaboración con el objetivo de impulsar y difundir la mediación como método de resolución de conflictos civiles y familiares, a fin de evitar la apertura de procesos judiciales.

Mediante la firma de este Convenio, el Colegio Notarial de Cataluña se compromete a desarrollar las funciones que la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado, establece para los colegios profesionales en el ámbito de la mediación.

A partir de ahora, el Colegio Notarial de Cataluña gestionará el registro de personas mediadoras que estén colegiadas y comunicará las altas y bajas al Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña; propondrá al mismo Centro la persona mediadora cuando las partes se dirijan a este colegio profesional, así como llevará a cabo la formación específica y declarará la capacitación de las personas mediadoras.

En este último sentido, el Colegio también se compromete a introducir en el ámbito de la formación especializada el estudio de las técnicas de mediación, de negociación y de resolución alternativa de conflictos, entre otros. Por su parte, el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, que depende del Departamento de Justicia, hará el seguimiento de las actuaciones de colaboración que se lleven a cabo en el marco de este Convenio.

Crece la red de colegios profesionales que colaboran en la mediación

La voluntad del Departamento de Justicia, a través del Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, es hacer crecer la red de colegios profesionales  colaboradores para impulsar la mediación en el territorio catalán y contribuir a facilitar el acceso a este servicio. Desde el mes de enero de 2014, el Departamento de Justicia ha consolidado la incorporación de colegios profesionales representantes de varios profesionales del mundo de la economía y la empresa, como son los de economistas, de censores jurados de cuentas, de administradores de fincas, de administradores de la propiedad inmobiliaria y de gestores, ampliación que ha permitido contar con la colaboración de agentes con un nuevo perfil respecto a los que tradicionalmente han intervenido en la mediación. Con la firma de este Convenio, que implica el impulso de este medio desde una nueva vertiente profesional, ya son 15 los colegios profesionales que colaboran con el Departamento de Justicia en el ámbito de la mediación.

La firma de este Convenio contribuye a desarrollar el Plan nacional para el impulso de la mediación en Cataluña, centrado en seis objetivos a alcanzar en los próximos dos años: promover la colaboración entre los diferentes colectivos, favorecer un verdadero cambio cultural a favor de la mediación, fomentar la cohesión social a partir de medidas preventivas de resolución de conflictos, equilibrar el porcentaje de conflictos resueltos a través de la mediación con relación a los litigios judiciales, impulsar la gestión integral de la mediación a través de su implantación en los diferentes ámbitos privados y públicos y mejorar la calidad de las mediaciones.

Cataluña, pionera en la mediación

Cataluña fue la primera comunidad autónoma que aprobó una ley de mediación familiar el año 2001, la cual fue un referente para otras comunidades autónomas, que, desde entonces, elaboraron sus leyes.

En el año 2009 se aprobó la Ley 15/2009 en el ámbito del derecho privado, también pionera en el Estado español. Esta norma, por una parte, amplía el objeto de la mediación a cualquier conflicto en el ámbito de la persona y la familia y, de la otra, extiende el objeto de la mediación a la mediación civil en aquellos casos en que se produce una ruptura de la comunicación personal entre las partes cuando estas tienen que mantener relaciones en el futuro, como por ejemplo conflictos entre asociaciones y fundaciones, en la convivencia ciudadana y vecinal, en el ámbito de la propiedad horizontal, etc.

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