El principio de trato sucesivo exige que para la inscripción de una resolución judicial en el Registro que el procedimiento se haya dirigido contra el titular registral o contra sus respectivos herederos en caso de que este titular haya muerto. El registrador exige que se acredite la fecha de fallecimiento del causante, constante la fallecimiento del titular registral al historial registral de la finca, se revoca la nota de calificación.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022