
El testamento de las personas con discapacidad
La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, fundamentada en la Convención de Nueva York de 13 de diciembre de 2006, ha supuesto un cambio de paradigma en el tratamiento de dichas personas por los profesionales del Derecho. Esta obra, centrada en el testamento de las personas con discapacidad, aborda los nuevos ajustes, apoyos e instrumentos que éstas tienen a su disposición para garantizar su accesibilidad, en condiciones de igualdad con el resto de la población, al comparecer ante notario a la hora de testar. La igualdad real y la dignidad de las personas con discapacidad se ganan y afianzan ejerciendo, cada día, los derechos que se plasman en las leyes. La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, fundamentada en la Convención de Nueva York de 13 de diciembre de 2006, ha supuesto un cambio de paradigma en el tratamiento de dichas personas por los profesionales del Derecho. Esta obra, centrada en el testamento de las personas con discapacidad, aborda los nuevos ajustes, apoyos e instrumentos que éstas tienen a su disposición para garantizar su accesibilidad, en condiciones de igualdad con el resto de la población, al comparecer ante notario a la hora de testar. La igualdad real y la dignidad de las personas con discapacidad se ganan y afianzan ejerciendo, cada día, los derechos que se plasman en las leyes.
Fecha: Diciembre
Autor: Juan Carlos Martínez Ortega – Ana Isabel Busto Caballero

La pluralidad de fiadores frente al acreedor: El "beneficio de división" en los Códigos Civiles Francés, Español y de Quebec
Los supuestos de pluralidad de fiadores «de un mismo deudor y por una misma deuda» reciben distinto tratamiento en Derecho comparado. Este trabajo pretende contrastar, desde la perspectiva de los efectos de la pluralidad de fiadores frente al acreedor y del llamado «beneficio de división», el modelo adoptado por el Code civil francés –seguido posteriormente por el Code civil du Québec− y el elegido por el Código civil español.
Una cuestión controvertida en relación con esta materia es la de determinar cuándo se entiende que existen «diversos fiadores de un mismo deudor y por una misma deuda» en caso de cotitularidad en la obligación subsidiaria de fianza, o bien, de fiadores independientes entre sí.
La articulación de una interpretación coherente de ambos modelos y su confrontación resulta de interés en aras a buscar el enfoque que debe seguir la futura regulación de la pluralidad de fiadores en el libro sexto del Código civil de Cataluña.
Fecha: Junio
Autor: M.ESPERANÇA GINEBRA MOLINS

Notarios escritores en la Edad de Plata
Notarios escritores en la edad de plata pretende ser una muestra de las aportaciones literarias del Notariado en ámbitos ajenos al estrictamente profesional y muy variados. Se ocupa del novelista y autor dramático Rafael López de Haro, y los agraristas Julio Senador y Juan Díaz del Moral. Expone la biografía del notario Joaquín Costa, una síntesis de su obra, y lo que el autor llama su «notaría tácita», intentando demostrar que a pesar de no haber ejercido mucho tiempo ni intensamente la carrera, el Notariado influyó decisivamente en el argumento preferido de su dedicación, el derecho consuetudinario de su nativo Alto Aragón.Notarios escritores en la edad de plata pretende ser una muestra de las aportaciones literarias del Notariado en ámbitos ajenos al estrictamente profesional y muy variados. Se ocupa del novelista y autor dramático Rafael López de Haro, y los agraristas Julio Senador y Juan Díaz del Moral. Expone la biografía del notario Joaquín Costa, una síntesis de su obra, y lo que el autor llama su «notaría tácita», intentando demostrar que a pesar de no haber ejercido mucho tiempo ni intensamente la carrera, el Notariado influyó decisivamente en el argumento preferido de su dedicación, el derecho consuetudinario de su nativo Alto Aragón.
Fecha: Febrero
Autor: JOSÉ-ANTONIO LINAGE CONDE

TENDENCIAS REFORMISTAS EN EL DERECHO ESPAÑOL DE SUCESIONES
Según el autor, las normas del Código civil sobre la sucesión forzosa merecen el beneficio de la duda por estar consolidadas por una larga experiencia, asentadas en la conciencia social, y por ser un modo sensato y razonable de articular los principios constitucionales y éticos que la sucesión pone en juego: la libertad de testar y la protección de la familia.Junto al análisis de las citadas normas también se abordan en este libro determinadas carencias de nuestro derecho de legítimas, así como algunas propuestas doctrinales sobre su modificación que quizá pudieran ponderarse en una eventual reforma legislativa.
Fecha: Octubre
Autor: MANUEL ESPEJO LERDO DE TEJADA

LA GARANTIA COMISORIA
La llamada garantía comisoria es aquélla que permite la posible apropiación por el acreedor del bien sujeto al cumplimiento de una obligación previa. El clásico veto al pacto comisorio ha reprimido su presencia expresa y directa en las cautelas reales. Sin embargo, la práctica no deja de aportar numerosos ejemplos de mecanismos hábiles con este propósito prohibido. La jurisprudencia reciente y la doctrina del Centro directivo arrojan múltiples fórmulas cuyo estudio resulta ilustrativo. Todo ello se aborda en el presente libro que recoge por entero las sentencias y resoluciones dictadas sobre dicho asunto a partir del Siglo XXI. El debate jurídico entre los notarios autorizantes de las escrituras y la calificación contraria a su asiento por parte de los Registradores depara una muestra elocuente del problema y de su tratamiento. Se descubren así las nuevas figuras aparejadas y se pone en valor un debate científico que, sin duda, se ha enriquecido gracias a la práctica de unos operadores jurídicos de tan elevada calificación técnica.
Fecha: Noviembre
Autor: RAMÓN DURÁN RIVACOBA

CLÁUSULAS ABUSIVAS EN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS:¿QUÉ NOS APORTA EUROPA?
La pérdida de la vivienda por no poder hacer frente a las cuotas de los préstamos hipotecarios es una triste realidad y una de las consecuencias quizás más injustas y socialmente inadmisibles de la crisis inmobiliaria. Ante esta situación de deudores en riesgo de perder su casa, la regulación sobre las cláusulas abusivas ha aportado elementos de indudable interés que han sido capaces de evitar -o, al menos, de retrasar-las consecuencias de la ejecución hipotecaria. Es así como el uso de una herramienta propia del derecho de consumo ofrece un perfil nuevo y las cláusulas abusivas salen de los libros especializados y se convierten en tema popular: ¿quién no ha oído hablar de ellas? En todo este proceso, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene un papel fundamental: desde 2010 a 2017 pronuncia 15 sentencias sobre este tema a petición de jueces españoles que le preguntan por la interpretación de este tipo de cláusulas en los contratos de préstamo hipotecario. Entre ellas, destaca la llamada sentencia Aziz en 2013, que abre la puerta a numerosas cuestiones que todavía se discuten en la actualidad. Por todo ello, este libro pretende analizar y sistematizar las resoluciones judiciales del tribunal de Luxemburgo sobre cláusulas abusivas en préstamo hipotecario para determinar qué nos aporta Europa en este proceso y como esas soluciones nuevas no siempre está de acuerdo con la interpretación interna y tradicional. Sin embargo, es evidente que las sentencias del TJUE han desencadenado un proceso de reinterpretación no sólo del derecho de consumo y de la contratación de préstamos hipotecarios con consumidores, sino también del derecho procesal aplicable a la ejecución hipotecaria. Es una revolución en la forma de entender el derecho aplicable a estos productos financieros que no ha hecho más que empezar..
Fecha: Noviembre
Autor: INMACULADA BARRAL VIÑALS

LA CAPACIDAD PARA TESTAR:ASPECTOS PROBLEMÁTICOS Y CRITERIOS JURISPRUDENCIALES
La capacidad para testar que reconoce nuestro Derecho sucesorio como regla general queda excluida en los supuestos previstos en el artículo 663 del Código civil, siendo particularmente relevante la prohibición que afecta a quien habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio. Este trabajo tiene por objeto analizar los aspectos problemáticos que plantea el tema, principalmente en relación con testamentos otorgados por personas de edad avanzada y por tanto con más posibilidades de padecer enfermedades que pueden afectar su capacidad natural de entendimiento para comprender la razón y el alcance de sus actos. Atendiendo al elevado grado de litigiosidad de esta materia se ha considerado oportuno abordar su estudio desde una perspectiva jurisprudencial, lo que permitirá identificar aquellas cuestiones más controvertidas en la práctica, así como conocer y valorar los criterios de actuación de nuestros Tribunales..
Fecha: Septiembre
Autor: CAROLINA MESA MARRERO

PARTICIÓN DE LA HERENCIA Y ARBITRAJE
El momento de la partición se ha revelado desde siempre como uno de los aspectos más delicados de todas las cuestiones sucesorias. En la partición aparecen o reaparecen todas las posibles patologías o discusiones, estamos ante el conflicto sucesorio por antonomasia. Y la pluralidad de fórmulas que en el Código Civil se ponen a disposición de los interesados para proceder a la partición constituye una señal implícita de que ninguno de esos mecanismos ha ofrecido hasta la fecha una solución adecuada a los conflictos que se suscitan. El problema que se aborda en esta monografía estriba en determinar las relaciones que pueden establecerse entre la partición hereditaria y el arbitraje. Se analiza, en última instancia, en qué medida el recurso al arbitraje puede contribuir a resolver de forma más eficaz los conflictos sucesorios y, en particular, los que se suscitan en torno a la partición.
Fecha: Julio
Autor: RAFAEL VERDERA SERVER

LA HIPOTECA DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Aunque la hipoteca no necesita presentación alguna, es fácilmente constatable que se trata de una garantía poco utilizada en su proyección sobre los bienes muebles, y, en particular, sobre la propiedad intelectual e industrial. Una de las causas probables de ese abandono reside en las dificultades para la tasación del objeto hipotecable. En el caso de la hipoteca de propiedad intelectual se presenta, además, un obstáculo inicial para su constitución, a consecuencia del carácter voluntario de la inscripción de los derechos hipotecables en el Registro General de la Propiedad Intelectual, precisándose la certificación de tal inscripción para el otorgamiento de la escritura. Pese a tales dificultades, en este pequeño pero denso libro se intenta poner de manifiesto la potencialidad de la figura. En el caso de la hipoteca sobre propiedad industrial, si bien la garantía es susceptible de constituirse sobre algunas otras modalidades, el estudio se centra en las patentes (teniendo en cuenta la Ley aún vigente, pero también la Ley 24/2015, que entrará en vigor el 1 de abril de 2017), en las marcas y en los diseños industriales, así como en sus respectivas solicitudes. Dada la índole de la obra, en materia de ejecución únicamente se incide en las particularidades que presenta la realización del objeto hipotecado.
Fecha: Febrero
Autor: José Manuel Ventura Ventura

Perfiles del derecho italiano de obligaciones
Es conocido que en Derecho hay asignaturas importantes, muy importantes y Derecho de obligaciones, y es justo esta materia la que se expone en la presente obra.
Escrita por uno de los más conocidos civilistas europeos, tiene la virtud de una exposición clara, concisa y precisa. No se trata de ningún tratado, ni incluso manual o curso al uso, sino de una exposición, en sus rasgos esenciales, razonada y coherente de un Derecho positivo, como es el italiano, que justo en esta materia, y por la fecha de su aprobación, sabe unificar lo mejor de las elaboraciones francesa y germánica, pudiendo servir, mejor que muchas construcciones “originales” sin asiento en las distintas tradiciones nacionales continentales, para lo que puede ser un posible futuro Derecho europeo de obligaciones.
Fecha: Julio
Autor: Alessio Zaccaria

EL NUEVO RÉGIMEN ECONÓMICO FRANCO ALEMÁN DE PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS. Derecho matrimonial europeo
El presente estudio se centra en el examen del nuevo régimen económico matrimonial franco-alemán opcional de participación en las ganancias, que ha adquirido carta de naturaleza en ambos ordenamientos civiles en su carácter de régimen facultativo una vez el Acuerdo que lo instituia ha sido ratificado por los Gobiernos de Francia y Alemania.
Para situar la relevancia de esta reforma legal en su contexto normativo se tienen en cuenta los diversos regímenes económicos matrimoniales vigentes en Francia y en Alemania y se considera, la génesis, contenido y significación jurídica de dicho régimen tanto en relación con los Derechos civiles internos de ambos países como respecto de su reventual adopción por parte de otros países, entre ellos España, miembros de la unión Europea. Sin perjuicio de otros posibles destinatarios, el conocimiento de esta nueva regulación ofrece especial interés para los profesionales del Derecho y la Economía y el Notariado. Dado el carácter abierto del Acuerdo es de prever que este nuevo régimen sea adoptado por un número creciente de matrimonios europeos y debido a la vocación europea de esta norma la misma puede llegar a convertirse en un régimen matrimonial europeo de referencia.
La obra se complementa con un capitulo referente a la normativa del Derecho matrimonial de la Unión Europea y con un Apéndice legislativo que contiene la traducción en su versión libre del citado Acuerdo franco-alemán
Fecha: Marzo
Autor: Josep Ma. Fugardo Estivill

Derecho de obligaciones en Europa
Algunos rasgos de la evolución en las dos últimas décadas
Este trabajo pretende poner de relieve las profundas transformaciones que el Derecho de obligaciones está experimentando en Europa en las dos últimas décadas. A tal fin, se examinan algunos de los rasgos de esa evolución, tomando como referencia reformas legislativas ya producidas, así como proyectos académicos dados a conocer en los últimos diez años. Y se dedica particular atención a los considerados (y frecuentemente llamados) proyectos de codificación europea sobre la materia. El estudio se estructura distinguiendo entre Derecho de contratos y Derecho de la responsabilidad civil (o Derecho de daños). El análisis se apoya en muy numerosas referencias bibliográficas (títulos que llegan hasta el día de hoy) y en una no menos abundante documentación.
Ricardo de Ángel Yágüez (1942) es Licenciado en Derecho y Graduado en la Especialidad Jurídico- Económica por la Universidad de Deusto. Doctor en Derecho por la Universidad de Granada. Catedrático de Derecho civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Deusto desde 1972 y Decano de 1975 hasta 1984. Hoy Catedrático emérito de la misma Universidad. Autor de quince monografías y participante en cincuenta y ocho obras colectivas. Autor de ciento veinticinco artículos en publicaciones periódicas españolas y extranjeras. Las páginas impresas, computando sólo las últimas ediciones en el caso de libros, ascienden a más de trece mil. Participante, como ponente o conferenciante, en más de doscientos congresos, jornadas, simposios y cursos, nacionales e internacionales. Miembro del comité de redacción de varias revistas españolas y extranjeras. Abogado ejerciente desde 1969 hasta 2012. En 1982 fue condecorado con la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñarfort, como consecuencia de haber representado a España en el Comité de Expertos del Consejo de Europa, Comisión de “Derecho de los acreedores”. Profesor honorario de varias universidades extranjeras. Doctor honoris causa por la Universidad de Buenos Aires (2008). Vocal permanente de la Comisión General de Codificación (desde 2006).
Fecha: Marzo

La función del Notario en los sistemas de Civil Law y Common Law en la era de la Globalización / Globalization and the Civil Law Notarial Profession
Ross R. Alexander es abogado del Estado de Ilinois y actualmente es redactor del Global Markets Law Journal de la John Marshall Law School de Chicago, Ilinois. Se graduó en enero de 2012 en la John Marshall Law School con un Juris Doctor y un LL.MM. en Comercio Internacional y Derecho Mercantil. Durante su formación estudió derecho internacional público y privado, derecho mercantil y aduanero y resolución alternativa de conflictos en España, Washington, Escocia y Suiza. Además, realizó prácticas al servicio del Honorable Juez Thomas E. Hoffman, en el Tribunal de Apelación de Ilinois, y del Honorable Juez Mathias Delort, en el Tribunal de Distrito del Condado de Cook. Con anterioridad a sus estudios de Derecho, obtuvo su B.A. en administración de empresas en el Alma College (Alma, Michigan) y trabajó en una importante entidad financiera en el Southeast Michigan, donde ejerció como notary public, y en el mismo banco en Northwest Ohio. Ross está casado con la Dra. Caitlin Schein, y tienen un hijo.
Globalization and the Civil Law Notarial Profession
The Effects of the European Notarial Model on the U.S. and What the Southeast States Can Learn
Ross R. Alexander is a licensed attorney in the state of Illinois and is currently a staff editor for the Global Markets Law Journal at the John Marshall Law School in Chicago, Illinois. He graduated in January 2012 from the John Marshall Law School with a J.D. and an LL.M. in International Business and Trade Law. During his law school tenure, Ross studied public and private international law, customs and trade law, and alternative dispute resolution in Spain, Washington D.C., Scotland, and Switzerland. In addition, he served as a judicial extern for the Honorable Judge Thomas E. Hoffman of the Illinois Appellate Court and the Honorable Judge Mathias Delort of the Circuit Court of Cook County. Prior to his pursuits in law, Ross received his B.A. in business administration from Alma College in Alma Michigan, and worked for a large regional bank in Southeast Michigan, where he served as a notary public, and the same bank in Northwest Ohio. Ross is married to Dr. Caitlin Schein, and they have one child.
Edición bilingüe
Fecha: Enero

Conflicto interno e internacional en materia hereditaria
Los conflictos de leyes en materia sucesoria, tanto en su dimensión interregional como internacional, encuentran una solución común en el artículo 9.8º del Código civil. No obstante, esta interconexión a nivel interregional e internacional no está exenta de matices, pues la variedad legislativa no presenta la misma naturaleza en uno y otro ámbito, por lo que nuestro ordenamiento jurídico dispone de reglas específicas para ambos casos, máxime teniendo en cuenta la múltiples reformas en las legislaciones especiales. Además, determinados aspectos relacionados con los litigios en materia sucesoria, tales como la determinación de la competencia judicial internacional y el reconocimiento de decisiones extranjeras, son exclusivos de la dimensión internacional y están afectados en la actualidad por convenios internacionales y, sobre todo, por el Derecho de la Unión Europea.
Ramón Durán Rivacoba (Burgos, 1959) es Catedrático de Derecho Civil (1993), Director de Departamento (1990 y 2000), Decano (2004 y 2008) de la Facultad de Derecho y Defensor (2012) de la Universidad de Oviedo. Cursó su Licenciatura en la Universidad de Deusto, con Premio Extraordinario (1983). Grado de Licenciado con Matrícula de Honor. Primer Premio Nacional de Derecho (1984). Doctor por la Universidad de Navarra, con Premio Extraordinario (1987). Profesor Titular de Derecho Civil en la Universidad de Granada (1987) y en la UNED (1988). Es Profesor Honorario en diversas Universidades de Chile, Argentina y Perú, y autor de más de cien publicaciones científicas.
Pilar Rodríguez Mateos (Langreo, Asturias, 1960) es doctora en Derecho por Universidad de Oviedo (1987) y Catedrática de Derecho internacional privado en esta Universidad desde 1996, en la que también ha desempeñado el cargo de Vicesecretaria general (2000 a 2004). Ha pertenecido a consejos editoriales de distintas revistas especializadas de ámbito nacional, siendo en la actualidad miembro del consejo de redacción del Anuario Español de Derecho Internacional Privado. Sus líneas de investigación principales se refieren a la protección internacional del menor, adopción internacional, contratación internacional, libre competencia y propiedad industrial, Unión Europea y principio de reconocimiento mutuo, y Derecho de la nacionalidad y de la extranjería.
Fecha: Abril

Regímenes económicos del matrimonio y de la pareja. Sucesión y prueba de la cualidad de heredero en el derecho francés
Normativa interna y derecho internacional privado
La presente obra presenta una panorámica general sobre la regulación de las relaciones jurídicas en el Derecho Privado francés referidas a los “regímenes económicos matrimoniales y de las parejas” y a la “regulación de la sucesión”; ambas cuestiones se abordan desde una doble perspectiva: Derecho civil interno y Derecho internacional privado. A tal fin, el libro se estructura en tres partes:
En la primera parte se presta especial atención al matrimonio y a las relaciones de pareja y sus respectivos regímenes económicos; también existen referencias a otras materias como la filiación o la adopción.
La segunda parte se refiere al Derecho de sucesiones. Teniendo en cuenta las importantes reformas legales introducidas por el legislador francés en el Code Civil se examinan, entre otras cuestiones, los diversos medios de prueba de la cualidad de heredero.
La tercera parte se refiere al Derecho internacional privado francés y, en la misma, se tratan cuestiones referentes al derecho matrimonial y sucesorio. Entre otras materias, en esta parte se estudian los regímenes económicos matrimoniales y de la pareja; la ley aplicable a la sucesión; la regla de la escisión; el reenvío; la prueba de la cualidad de heredero y la eficacia de los títulos sucesorios y actas de declaración de herederos en el contexto internacional.
El estudio de estas materias se ha efectuado de forma práctica y no uniforme, sin entrar, salvo en contadas ocasiones, en cuestiones de Derecho comparado, lo que hubiera excedido de la finalidad de esta obra.
Josep Ma. Fugardo Estivill es Notario. De formación jurídica y económica, ha decantado su actividad científica e investigadora preferentemente en la publicación y coordinación de estudios y obras sobre materias jurídicas, especialmente, en los ámbitos del Derecho Patrimonial, Fe Pública y Formas Documentales. Se halla en posesión de los títulos de Licenciado en Derecho, Profesor Mercantil, Graduado Social y Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales (UB).
Fecha: Septiembre

Derecho a la vida. ¿Hacia una muerte digna?
Breves reflexiones en torno a la Ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, sobre Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte
Eutanasia, cuidados paliativos, testamento vital, autonomía del paciente, derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, son cuestiones que configuran el marco argumental que delimita la aproximación realizada por el autor a una cuestión tan controvertida, en las sociedades modernas, como es el del derecho a la vida y, en su caso, a una muerte digna.
Resulta inevitable la confluencia del Derecho junto a la Ciencia, la Moral, la Ética, la Deontología y la Religión, a la par que la necesaria armonización de cualesquiera valores que de ellas provengan. En este sentido, el Derecho está obligado a la juridificación de cualesquiera criterios éticos o científicos, dicha reflexión es realizada por el autor lo realiza sobre la base de la reciente Ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, sobre Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte.
José León-Castro Alonso (Sevilla 1950) es Catedrático de Derecho Civil de la Universidad hispalense y Académico correspondiente de la RAJL desde 1988. Además de las tareas docentes en todos los ciclos del Grado, ha llevado a cabo investigaciones, especialmente en el campo del Derecho Patrimonial, Mandato, Arrendamientos Urbanos, Conservación del patrimonio del deudor, Arbitraje, Fianza, o en otras áreas tales el Matrimonio, Régimen de participación en las ganancias, Reserva vidual, o el Testamento en inminente peligro de muerte.
Fecha: Septiembre

En torno a la propuesta de Reglamento sobre Sucesiones y el Certificado Sucesorio Europeo
Comentarios a la propuesta de «Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y los actos auténticos en materia de sucesiones y a la creación de un certificado sucesorio europeo», de 14 de octubre de 2009
En la presente obra se comenta la propuesta de «Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y los actos auténticos en materia de sucesiones y a la creación de un certificado sucesorio europeo» de 14 octubre de 2009, actualmente en curso de tramitación legislativa.
En la introducción el autor pone de relieve la variada y compleja problemática que presenta la regulación de las sucesiones internacionales, se refiere a los antecedentes normativos, fundamentos jurídicos y estructura general de la propuesta. En los siguientes capítulos el autor comenta el articulado de la propuesta reglamentaria.
Entre otras cuestiones que son objeto de estudio se dedica especial atención a las siguientes materias: el ámbito de aplicación del Reglamento; el régimen unitario de la herencia; la ley aplicable a la sucesión y el régimen unitario de la herencia; el reconocimiento de la professio iuris; el concepto de residencia habitual; la ley aplicable a la sucesión en los Estados con sistemas legislativos no unificados; los efectos que la nueva regulación puede producir en el derecho de legítima; los actos auténticos; y la regulación, contenido y efectos jurídicos del «Certificado sucesorio europeo». La obra finaliza con un apartado de conclusiones.
Josep Ma. Fugardo Estivill. Notario. Autor y coordinador de obras y artículos sobre materias jurídicas, especialmente en los ámbitos del Derecho Patrimonial y las Formas Documentales.
Se halla en posesión de los títulos de Licenciado en Derecho, Profesor Mercantil, Graduado Social, Auditor-Censor Jurado de Cuentas (ROAC, NE) y Doctor en Ciencias Empresariales y Económicas (Universidad de Barcelona).
Fecha: Octubre

Fuentes aplicables a la compraventa internacional de mercaderías
Motivos por los cuales es preciso indagar más allá de la Convención de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional de mercaderías
El presente estudio pretende demostrar lo erróneo que es afirmar que la entrada en vigor de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías de 1980 ha resuelto todos los problemas relativos a la determinación de la regulación sustantiva aplicable a los contratos de compraventa internacional. Esta Convención haría superfluo el recurso a fuentes externas a la misma para (determinar) la regulación de los contratos de compraventa internacional de mercaderías. Por las razones que se exponen en el presente trabajo, no se puede compartir esta tesis. El recurso a fuentes externas a la Convención es, y siempre será, necesario.
Franco Ferrari. Tras unos años como catedrático de Derecho privado comparado en la Katholieke Universiteit Brabant di Tilburg, Holanda (1995-1998), el Profesor Ferrari ocupó la cátedra de Derecho privado comparado de la Facoltà di Giurisprudenza en la Università degli Studi di Bologna (1998- 2002) y fue miembro de la Oficina de Asuntos Legales de las Naciones Unidas (OLA) (2000-2002). Desde el 1 de octubre de 2002, el Profesor Ferrari es catedrático de Derecho internacional privado de la Facoltà di Giurisprudenza de la Università degli Studi di Verona. Desde el año 2005, enseña también en la New York University School of Law, donde se le nombró Inge Rennert Distinguished Visiting Professor of Law en 2008.
En distintos momentos, el Profesor Ferrari ha sido profesor contratado en las siguientes Universidades: Columbia Law School, New York, USA; New York University School of Law, New York, USA; Golden Gate University, San Francisco, USA; Katholieke Universiteit Nijmegen, Nijmegen, Holanda; Louisiana State University, Baton Rouge, USA; Loyola Law School, Los Angeles, USA; The Hebrew University, Gerusalemme, Israel; Università di Augsburg, Augsburgo, Alemania; Università Paris X Nanterre, París, Francia; Universitat Pompeu Fabra, Barcelona, España; University of Georgia, Athens, USA; University of Missouri at Kansas City, Kansas City, USA; University of Ottawa, Ottawa, Canada; University of Pittsburgh, Pittsburgh, USA.
Desde 1995 hasta el año 2000, el Prof. Ferrari fue miembro de la delegación italiana en la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho mercantil internacional (UNCITRAL).
El Prof. Ferrari es miembro del consejo de dirección del Centro para el Derecho transnacional (CENTRAL) de Colonia (Alemania), miembro del consejo de dirección del Instituto de Derecho mercantil internacional de la Pace University, White Plains (New York, USA), miembro del consejo de redacción de las revistas alemanas Internationales Handelsrecht y Zeitschrift für europäisches Privatrecht, miembro del consejo de redacción de la revista francesa Revue de Droit des Affaires Internationales, miembro del consejo de redacción de la revista belga European Private Law Review y también miembro del consejo de redacción de la revista Contratto e Impresa y codirector de la revista Contratto e Impresa/Europa.
Fecha: Noviembre

Donaciones encubiertas
Las donaciones encubiertas constituyen uno de los fenómenos jurídicos más persistentes en el Derecho español. El alto índice de litigiosidad que comporta queda reflejado en los repertorios de los Tribunales. Hasta fechas bien recientes, la línea mantenida por la jurisprudencia oscilaba en demasía, propiciando un clima de inseguridad jurídica más que discutible y, en todo caso, pernicioso. Este problema representa un verdadero leitmotiv en el debate científico, al que tampoco permanece ajeno el Derecho comparado. La reciente unificación de doctrina sobre la materia que ha propuesto el Tribunal Supremo resulta un hito que se analiza, junto a la disciplina jurídica completa del asunto, en la presente obra.
Ramón Durán Rivacoba (Burgos, 1959) es Catedrático de Derecho Civil (1993) y Decano (2004) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo. Cursó su Licenciatura en la Universidad de Deusto, con Premio Extraordinario (1983). Grado de Licenciado con Matrícula de Honor. Primer Premio Nacional de Derecho (1984). Doctor por la Universidad de Navarra, con Premio Extraordinario (1987). Profesor Titular de Derecho Civil en la Universidad de Granada (1987) y en la UNED (1988).
Es Profesor Honorario en diversas Universidades de Chile, Argentina y Perú. Ha publicado numerosas monografías y estudios, entre las que destacan las materias de matrimonio, filiación, derecho interregional, donaciones, evicción, pacto comisorio, fundaciones, transacción y condiciones generales.
Fecha: Septiembre

El documento fehaciente en la ejecución dineraria de títulos ejecutivos contractuales y su autorización notarial
Análisis del juicio notarial sobre la corrección del saldo (arts. 218 y 219 RN)
Cuando la vigente Ley de de Enjuiciamiento Civil se refiere al que denomina Documento Fehaciente lo hace como aquel documento que deberá acompañar a la demanda ejecutiva dineraria de títulos ejecutivos contractuales como medio preciso para acreditar su liquidez, pero sin regular su contenido formal, cuestión que ha sido especialmente desarrollada por las nuevas normas del Reglamento Notarial en materia de actas.
En el presente trabajo se ha tratado no sólo de sistematizar el criterio del Tribunal Constitucional sobre el alcance y significado de la actuación notarial en su autorización mediante acta que recoge la misma denominación, sino también analizar su propia naturaleza y finalidad técnico jurídica. También trata de aportar desde un punto de vista profesional e incuestionablemente práctico basado en el ejercicio profesional, un criterio sobre aquellos aspectos que el autor considera que pudieran resultar más relevantes en la autorización de esta clase de actas y especialmente en lo referente a la acreditación de la corrección liquidativa en el orden formal y material. La propia especialidad de este documento que adquiere su virtualidad en el ámbito procesal otorga a esta obra una evidente utilidad para los operadores jurídicos y financieros.
Ramón Bernabé Panós es licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza y, en la actualidad, ejerce la profesión de Notario.
Fecha: Septiembre

La resolución de los contratos por incumplimiento: presupuestos, efectos y resarcimiento del daño
La resolución del contrato es uno de los remedios que el ordenamiento pone a disposición del acreedor frente al incumplimiento del deudor en los contratos sinalagmáticos. En este trabajo se da cuenta de algunas de las cuestiones que plantea el mencionado remedio en cuanto a sus presupuestos y efectos, con especial referencia al resarcimiento del daño cuando el acreedor opta por la resolución. Es esta última una cuestión apenas tratada en nuestro Derecho y respecto de la que existe una elevada confusión conceptual. Es por ello que esta obra ha de servir para orientar a los operadores jurídicos en materia tan compleja.
Mario E. Clemente Meoro se licenció en Derecho por la Universidad de Valencia en 1985 y se doctoró por la misma Universidad en 1989.
Se incorporó como docente de Derecho Civil en la Universidad de Valencia en 1985, donde obtuvo plaza de Profesor Titular en 1991 y de Catedrático en 1999. Ha realizado labores investigadoras en todos los ámbitos del Derecho Civil, y especialmente en el del Derecho patrimonial, con publicaciones sobre el vencimiento anticipado de las obligaciones, la doble inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad, la facultad de resolver los contratos por incumplimiento, el acreedor de dominio y contratos y responsabilidad civil en internet.
Fecha: Marzo

Donaciones encubiertas
Las donaciones encubiertas constituyen uno de los fenómenos jurídicos más persistentes en el Derecho español. El alto índice de litigiosidad que comporta queda reflejado en los repertorios de los Tribunales. Hasta fechas bien recientes, la línea mantenida por la jurisprudencia oscilaba en demasía, propiciando un clima de inseguridad jurídica más que discutible y, en todo caso, pernicioso. Este problema representa un verdadero leitmotiv en el debate científico, al que tampoco permanece ajeno el Derecho comparado. La reciente unificación de doctrina sobre la materia que ha propuesto el Tribunal Supremo resulta un hito que se analiza, junto a la disciplina jurídica completa del asunto, en la presente obra.
Ramón Durán Rivacoba (Burgos, 1959) es Catedrático de Derecho Civil (1993) y Decano (2004) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo. Cursó su Licenciatura en la Universidad de Deusto, con Premio Extraordinario (1983). Grado de Licenciado con Matrícula de Honor. Primer Premio Nacional de Derecho (1984). Doctor por la Universidad de Navarra, con Premio Extraordinario (1987). Profesor Titular de Derecho Civil en la Universidad de Granada (1987) y en la UNED (1988).
Es Profesor Honorario en diversas Universidades de Chile, Argentina y Perú. Ha publicado numerosas monografías y estudios, entre las que destacan las materias de matrimonio, filiación, derecho interregional, donaciones, evicción, pacto comisorio, fundaciones, transacción y condiciones generales.
Fecha: Septiembre

La inscripción de los créditos garantizados con hipoteca
La reforma de la legislación hipotecaria llevada a cabo por la Ley 41/2007 ha supuesto un profundo cambio de nuestro modelo registral de hipoteca, que obliga a revisar muchos de los tópicos tenidos hasta ahora por dogmas incuestionables. Desde la perspectiva que ofrece la nueva modalidad de hipoteca global o flotante la presente obra analiza las reglas y principios a los cuales ha de ajustarse la inscripción en el Registro de la Propiedad de la garantía hipotecaria, y presta especial atención a la forma de transcribir o dejar constancia de las condiciones financieras en el asiento registral.
Ricardo Cabanas y Rafael Bonardell unen a su condición de Notarios la de haber sido profesores de universidad durante muchos años, tanto en la Universidad de Barcelona, como posteriormente en la Universidad Pompeu Fabra, así como un gran número de publicaciones, especialmente en temas de derecho societario, registro mercantil y contratación en general.
Fecha: Octubre

El nuevo derecho alemán de obligaciones
Un análisis desde la Historia y el Derecho comparado
En esta obra, Reinhard Zimmermann explica, desde el análisis de la historia y el Derecho comparado, la gestación y capacidad de adaptación del BGB a lo largo del s.XX y los cambios introducidos por la Ley de modernización del Derecho de obligaciones (en vigor desde el 1 de enero de 2002).
En concreto, son objeto de análisis la responsabilidad del vendedor por falta de conformidad, los medios de tutela en caso de incumplimiento o infracción obligacional, el régimen de la prescripción y la inclusión del Derecho de consumo en el BGB. Reinhard Zimmermann se sirve del Derecho alemán como si éste fuera -y de hecho es- sólo uno más de entre todos los modelos a tomar en consideración en el camino hacia la armonización del Derecho privado en Europa; y, por otro lado, sólo un ejemplo -nada intrascendente- para mostrar el impacto de la europeización del derecho en los ordenamientos jurídicos nacionales. En la pluma de Zimmermann, el Derecho alemán aparece situado, por igual, tanto en el contexto de la tradición jurídica, como en el de la armonización jurídica en Europa. Y es, precisamente, dentro del tejido de ese discurso donde adquieren relieve los aciertos y desaciertos en la evolución de las instituciones jurídicas y del propio BGB. Lo verdaderamente relevante es que, en opinión de Zimmermann, tanto la historia del Derecho como el Derecho comparado permiten escrutar críticamente el Derecho, favorecen su desarrollo orgánico y, por tanto, también evitan la arbitrariedad en la búsqueda de la «mejor solución posible» a la hora de proponer reformas y/o nuevas reglas a nivel nacional o europeo.
El Prof. Reinhard Zimmermann es, desde el año 2002, codirector del Max Planck Institut für ausländisches und Internationales Privatrecht (Hamburg).
La traducción ha sido realizada por la Prof. Titular de Derecho Civil, Esther Arroyo i Amayuelas (U.Barcelona).
Fecha: Octubre

Perfiles del Derecho italiano de sucesiones
En la presente obra se trazan los perfiles que permiten un acercamiento general, pero suficiente, para conocer el Derecho sucesorio italiano, en su actual estado y con las principales instituciones y novedades que lo configuran.
Es el Codice uno de los grandes códigos latinos que mantiene su vigencia en lo esencial, aunque haya sufrido modificaciones para acomodarlo a los cambios de la familia, aunque sean reiteradas las modificaciones que se reclaman a esta rama del Derecho, sobre todo en el ámbito de los pactos sucesorios (basta ver su reciente reforma del “patto de famiglia”). En todo caso continúa manteniendo su lozanía como eje vertebrador del fenómeno sucesorio, y, desde luego, con el presente estudio puede tenerse cabal conocimiento de las instituciones sucesorias italianas y de su funcionamiento.
Alessio Zaccaria nació en Ferrara el 2 de junio de 1955. Se licenció en Derecho en la Universidad de Ferrara el 28 de febrero de 1979, con el máximo de votos y honores.
Desde 1990 a 1993 fue catedrático de Instituciones de Derecho privado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Trieste. Entre 1993 y 1995, fue catedrático de Derecho civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Ferrara. Durante el curso 1995-1996, obtuvo la cátedra de Instituciones del Derecho privado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Verona, donde más tarde, además de ser decano, ocupó la cátedra de Derecho civil que actualmente ostenta.
En 1996, pronunció la lección inaugural del curso académico en la Universidad. Desde 1997 dirige, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Verona, el Centro per la Ricerca e l’Insegnamento del Diritto Privato Europeo, financiado por la Comisión Europea en el marco del Proyecto “Robert Schuman”.
Es además fellow del European Centre of Tort and Insurance Law de Vienna, dirigido por Helmut Koziol.
Es coordinador del Doctorado internacional en Derecho privado europeo de las relaciones patrimoniales, co-organizado por las Universidades de Verona y de Regensburg.
Es coeditor o codirector de algunas de las más recientes y relevantes obras colectivas y revistas italianas, como son Le nuove leggi civili commentate (CEDAM), La Responsabilità Civile (UTET) o Studium Iuris (CEDAM). Además, su producción científica abarca prácticamente todo el derecho civil a través de más de cien artículos publicados.

El Derecho de sucesiones y la legítima en el Derecho alemán
El presente estudio compendia las principales instituciones y reglas configuradas del Derecho alemán de sucesiones, que tan decisiva influencia ha tenido, en su ya más de un siglo de vigencia, en múltiples códigos y, fundamentalmente, en la doctrina incluso en la llamada a interpretar códigos de otra raigambre como los latinos.
Junto a la presentación general del Derecho sucesorio alemán se dedica una especial consideración a la legítima institución tan vertebradora del derecho sucesorio como discutida en su actual configuración y caracteres, no obstante, no puede dejarse de resaltar como en el Ordenamiento jurídico alemán deberá seguir existiendo aunque se le pueda modificar su contenido.
Anne Röthel (1968) ha realizado sus estudios de Derecho en las Universidades de Köln (Alemania) y Clermont-Ferrand (Francia). Desde septiembre de 2004 es catedrática de Derecho Internacional en la Bucerius Law School (Hamburgo, Alemania). Sus ámbitos de investigación incluyen el Derecho procesal y el Derecho del deporte. Y, recientemente, el Derecho privado europeo, así su trabajo de habilitación, «Normkonkretisierung im Privatrecht», Jus Privatum 91 (2004), sobre la concreción en los ordenamientos jurídicos nacionales de las normas comunitarias, con especial atención a los conceptos válvula y Derecho comparado, en el ámbito del Derecho de familia y de sucesiones.
Fecha: Abril

Condiciones Generales y Cláusulas Contractuales Impuestas
Pretende este pequeño pero comprimido libro orientar al Abogado del consumidor respecto de la producción frente a los abusos del clausulado de los contratos cuyo contenido no cabe discutir y al empresario en su tarea de elaboración de unos formularios claros, seguros y no fácilmente invalidables, lo que contribuirá a un funcionamiento eficiente y pacífico del circuito económico. Pretende también orientar al jurista que se acerca al mundo, algo esotérico, de las cláusulas impuestas y de las condiciones generales en su labor de comprender su argot y sus técnicas propias, insertándolas cómodamente en el campo del Derecho privado ordinario. Para ello la obra analiza sintética pero escrupulosamente el Ordenamiento vigente, polarizando su atención en la problemática Ley 7/1998, de condiciones generales, y en el Real Decreto Legislativo 1/2007, atinente a los consumidores, que casi acaba de aparecer.
Luis Humberto Clavería Gosálbez (Córdoba, 1948) es Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Sevilla. Junto a sus tareas docentes, se ha ocupado de la investigación, especializándose preferentemente en la doctrina general del contrato, con importantes publicaciones sobre la causa, la ineficacia, la interpretación y las condiciones generales, mereciendo destacarse, en otros campos, relevantes aportaciones en materia de matrimonio y de derecho a la intimidad y al honor.
Fecha: Febrero