Vigente la nota marginal de cierre por baja provisional en el Índice de Entidades de una sociedad, sólo podrán extenderse los asientos ordenados por la autoridad judicial o aquellos que hayan de contener los actos que sean presupuesto necesario para la reapertura de la hoja, así como los relativos al depósito de las cuentas anuales.

Fecha: 
Martes, 4 Enero, 2022