Se debate en este recurso si se puede cancelar la reserva de dominio inscrita a favor de una entidad sobre un vehículo adquirido por el recurrente, sin acompañar con consentimiento cancelatorio- con expresión de la causa de la cancelación - por la entidad financiera, ni carta de pago emitido por esta. La nota de calificación tiene que ser confirmada. En el documento presentado falta la solicitud emitida por el financiador donde se haga constar la causa que motiva la cancelación de la reserva de dominio que pesa sobre el vehículo, requisito que exige el artículo 22.a) de la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles

Fecha: 
Miércoles, 5 Mayo, 2021