Resoluciones

Se debate en el presente recurso si es posible inscribir una prohibición de disponer estipulada en una escritura de compraventa de un inmueble, basándose en una previa escritura de donación del metálico que se usa como medio de pago. No es inscribible, pues no se cumple ni con la exigencia de causa gratuita, ni con la exigencia de que la prohibición deba tener relación directa con ese testador o donante.

Resolución de 20 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Castellón de la Plana n.º 1, por la se deniega la inscripción de una prohibición de disponer.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

La registradora a la vista del recurso y de la facultad que le concede el artículo 327 de la Ley Hipotecaria en su párrafo sexto de rectificar su calificación, podría haber solicitado del recurrente la documentación original y evitar así el recurso

Resolución de 12 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 3, por la que se deniega la certificación del historial registral de una finca.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

Practicados los asientos correspondientes a juicio del registrador, los mismos se hallan bajo la salvaguardia judicial y no es posible, en el concreto ámbito de este expediente, revisar como se pretende la legalidad en la práctica de dichos asientos ni de la calificación positiva previa en que encuentran su fundamento los efectos de legitimación que dichos asientos generan.

Resolución de 20 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la cancelación de una inmatriculación del registrador de la propiedad de Petra, al no haberse acreditado la publicación del correspondiente edicto.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

El registrador de la Propiedad deniega la inscripción de una escritura de adjudicación de herencia, exigiendo que debe acreditarse de fehacientemente la inexistencia de herederos forzosos (hijos de los desheredados por el testador). En el caso, en la escritura presentada y en el acta notarial complementaria, se han realizado manifestaciones específicas por las que se expresa que los desheredados carecían de descendientes al tiempo de la apertura de la sucesión. No se considera el defecto.

Resolución de 20 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Albacete n.º 4, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

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