Resoluciones

La DGRN recomienda que los registradores no incluyan en las notas simples ni en la certificaciones registrales «advertencias» sobre la posibilidad de doble inmatriculación. Lo que debe hacer es actuar de oficio como le ordena el artículo 209 (notificar tal extremo a los titulares registrales y dejar constancia de ello mediante nota marginal en cada finca).

Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Sant Vicenç dels Horts n.º 2, por la que se suspende la cancelación pretendida de una nota de inicio de expediente de doble inmatriculación, por no constar iniciado tal expediente ni practicada tal nota.

Fecha: 
Martes, 9 Agosto, 2022

Se trata de decidir en este expediente si procede consignar el precio de una transmisión en una certificación. En el caso, el precio de venta refleja un dato sensible, como es la capacidad económica de los compradores, que no puede incluirse en ninguna de las excepciones a la normativa de protección de datos.

Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Sant Cugat del Vallès n.º 1 a certificar el precio de venta recogido en un asiento de inscripción.

Fecha: 
Martes, 9 Agosto, 2022

Se presenta por medio de un mandamiento judicial una sentencia que ha declarado la nulidad de una escritura pública de compra que en su momento generó una inscripción a favor del comprador. El artículo 79.3.º de la Ley Hipotecaria señala: «Podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total de las inscripciones o anotaciones preventivas: (…) Tercero. Cuando se declare la nulidad del título en cuya virtud se hayan hecho».

Resolución de 19 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Parla n.º 1, por la que se suspende una inscripción de un testimonio de una sentencia judicial.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

La sentencia desestimatoria de una acción reivindicatoria no es título formal suficiente para motivar la inscripción en favor de un legatario, pues no resulta que en el procedimiento se hubiera –vía reconvención– pedido un pronunciamiento judicial en tal sentido. Y sólo se pueden inscribir las ejecutorias y mandamientos en cuanto al contenido preciso ordenado por el juez en las mismas.

Resolución de 19 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Toro-Fuentesaúco, por la que se suspende la inscripción de un legado en virtud de dos testimonios de sentencia.

Fecha: 
Jueves, 4 Agosto, 2022

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