Resoluciones

La prescripción hará falta probarla en el procedimiento judicial que corresponda, y el asiento registral estará vigente, y se presumirá exacto, mientras no se declare lo contrario judicialmente o se modifique por acuerdo de las partes interesadas. Pero en el caso presente, además, consta que el titular del censo solicitó la interrupción de prescripción que preveía el artículo 44, en relación con el 14, de la Ley de censos de 1945 por instancia de 17 de septiembre de 1987. En consecuencia, este censo está plenamente vigente, sin perjuicio que se pueda exigir la redención al amparo y en los términos que prevé la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro quinto del Código civil de Cataluña.

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por VL-G, en representación de JMAF y de JFN, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 15 de Barcelona, señora Aurora del Monte Arrieta, denegatoria de la cancelación de unas inscripciones de censos no divididos entre fincas integradas en un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal.

Fecha: 
Lunes, 11 Diciembre, 2006

La cuestión que aquí se plantea es si se puede inscribir en el Registro de la Propiedad el pacto contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales postnupciales donde los cónyuges convienen que, en caso de una hipotética separación del matrimonio, la vivienda familiar (de titularidad exclusiva del marido) quedará propiedad de ambos por mitades. Es importante remarcar que el pacto especifica, además, que la mencionada atribución de la mitad a la esposa lo es "[c]omo compensación económica por sus aportaciones y a los efectos de regular el artículo 41 del Código de familia".

Resolución de 30 de octubre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora MVT contra la calificación de la registradora de la propiedad de Olot por la cual se deniega la inscripción de un pacto en previsión de ruptura matrimonial contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales.

Fecha: 
Viernes, 1 Diciembre, 2006

Es preciso concluir, pues, que la Dirección general de Derecho y Entidades Jurídicas es competente para conocer y resolver este recurso. Las normas de conflicto vigentes en Bélgica, probadas de manera suficiente en este expediente, llevan a la aplicación del derecho civil catalán. Está claro que el testamento que rige la sucesión contiene institución de heredero.

RESOLUCIÓN JUS/3360/2006, de 18 de octubre, por la que se da publicidad de la Resolución de 18 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por RFP, en nombre de IC s.l. que representa a AJMT, contra la calificación de la registradora de la propiedad de Torredembarra.

Fecha: 
Jueves, 26 Octubre, 2006

(Publicado en el DOGC) En este caso de la resolución judicial sólo resulta constancia de la aceptación, a beneficio de inventario, de la herencia, pero no ninguna decisión sobre la partición, que hemos que entender suspendida hasta que la heredera disidente se muestre conforme con el inventario propuesto por sus coherederos.

(Publicado en el DOGC) JUS/2567/2006, de 14 de julio, por la que se da publicidad a la Resolución de 19 de mayo de 2006 de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el señor VCG en representación de las señoras MST, RST y MTAS, contra la calificación de la registradora del Registro de la Propiedad núm. 6 de Barcelona.

Fecha: 
Lunes, 14 Agosto, 2006

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