Mediante la escritura cuya calificación es impugnada se formalizó la compraventa de una vivienda situada en la segunda planta y dos plazas de aparcamiento en el sótano de un edificio en régimen de propiedad horizontal. La registradora suspende la inscripción solicitada porque en dicha escritura no se manifiesta si se ha realizado o no en la finca transmitida alguna actividad potencialmente contaminante del suelo. No cabe imponer esa declaración en una finca en la que hay cuota de participación sobre el suelo, pero no suelo propiamente dicho, no es común realizar actividad alguna que sirva de base para la declaración de suelo contaminado.

Fecha: 
Miércoles, 23 Noviembre, 2022