La cuestión material que se debate en este recurso es el efecto que produce una sustitución fideicomisaria condicionada a la existencia de fideicomisarios en el momento de la delación del fideicomiso, eso es, cuando se produce la defunción del fiduciario. Más en concreto, se trata de determinar si el fideicomisario puede obtener la inscripción a su nombre de los bienes grabados sin concurrencia de los herederos o de los derechohabientes del fiduciario.