Ha de decidirse si el nombramiento de auditor de unas cuentas anuales, que han sido objeto de consolidación voluntaria, corresponde al órgano de administración o a la junta general. la competencia para su nombramiento corresponde a la junta general, según el art. 42 del Código de Comercio que establece que la junta general de la sociedad obligada a formular las cuentas anuales consolidadas deberá designar a los auditores de cuentas que habrán de controlar las cuentas anuales y el informe de gestión del grupo. Esto será de aplicación a los casos en que voluntariamente cualquier persona física o jurídica formule y publique cuentas consolidadas

Fecha: 
Miércoles, 28 Abril, 2021