Debe decidirse en este expediente si es inscribible una representación gráfica alternativa a la catastral. Una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la registrada suspende la inscripción, considerando la oposición expresa de la administración pública (Junta Vecinal), así como la oposición expresa de un colindante. Resultan identificadas y fundadas las dudas de la registradora en cuanto a la existencia de conflicto entre fincas colindantes, existiendo un previo litigio en los tribunales, no es pacífica la delimitación gráfica alternativa a la catastral propuesta que se pretende inscribir.