LEY 3/2001 de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
PREÁMBULO
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
La Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi, supuso un paso decisivo hacia un cooperativismo moderno y de progreso, económico y social. Aunó los principios del cooperativismo con el desempeño eficaz de la actividad empresarial.
En el marco del nuevo sistema de financiación, la Generalidad de Cataluña tiene asumidas competencias en el ámbito de la gestión y la liquidación de los tributos cedidos, entre las que se deben incluir tanto la determinación del régimen de autoliquidación como la aprobación de los modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
El Presidente de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo Date: Wednesday, 13 April, 2005
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