Resoluciones

El Notario se limita a afirmar que la escritura de nombramiento del cargo se encuentra inscrita en el Registro Mercantil correspondiente, con los datos que reseña, pero no se expresa el documento fehaciente acreditativo del cual los haya tomado, por lo que no puede entenderse que en la escritura se hayan cumplido íntegramente los requisitos que respecto de la forma de acreditar la capacidad de los otorgantes exige el Reglamento Notarial

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don José Antonio Escartín Ipiéns, contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 2 de Benalmádena, don Jacinto Maqueda Morales, a inscribir una escritura de dación en pago de deuda, en virtud de apelación del recurrente

Fecha: 
dimarts, 29 juny, 1999

Siendo doctrina reiterada de este Centro Directivo, que en la cuestión del ámbito de las facultades representativas conferidas al Apoderado debe regir el criterio de interpretación estricta, de manera que no puede en principio extenderse el mandato a casos distintos de los comprendidos en su texto

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don José Javier Cuevas Castaño, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Barcelona, número 22, don Antonio Lucena Fernández-Reinoso a inscribir una escritura de préstamo hipotecario, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dissabte, 26 juny, 1999

En el caso debatido, las circunstancias concurrentes (el propio origen de la finca 15.702, la importancia absoluta y comparativa de la mayor cabida que se pretende registrar, la simultánea alteración de lindero) evidencian que no estamos ante la genuina hipótesis de rectificación de la cabida que el Registro atribuye a una finca inmatriculada con subsistencia de su identidad, sino ante una alteración de la realidad física a que se refiere determinado folio registral y por ello procede la confirmación del defecto impugnado

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Félix Martínez Villoslada, en su propio nombre y en el de sus hermanos, contra la negativa del Registrador de Calahorra, don Antonio L. Álvarez García, a inscribir un exceso de cabida, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dijous, 24 juny, 1999

El Registrador deniega Ia anotación solicitada por no estar incluida la demanda entre las contempladas en el artículo 42 de la Ley Hipotecaria, y este defecto debe ser confirmado respecto de los dos primeros procedimientos reseñados

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por "Inversiones Pinna, Sociedad Anónima", contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Marbella, número 2, don Pedro Luis Martínez Casto, a practicar una anotación preventiva de demanda en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 22 juny, 1999

El Registrador deniega la anotación solicitada por no estar incluida la demanda entre las contempladas en el artículo 42 de la Ley Hipotecaria, y este defecto debe ser confirmado respecto de los dos primeros procedimientos reseñados

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por "Inversiones Pinna, Sociedad Anónima", contra la negativa del Registrador de la Propiedad interino de Marbella, número 3, don Pedro Luís Martínez Casto, a practicar una anotación preventiva de demanda en virtud de apelación del recurrente

Fecha: 
dimarts, 22 juny, 1999

En nuestro Derecho toda transferencia patrimonial debe tener causa y la misma, a efectos registrales no puede presumirse, no lo es menos que, en la escritura presentada, además de la declaración de obra nueva, se contiene un negocio jurídico de carácter oneroso, que aunque no esté expresamente nombrado, podría tener aptitud suficiente para provocar el traspaso patrimonial en él contenido.

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Marbella, don Manuel Tejucas Pendas, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha ciudad, número dos, don Pedro Luís Martínez Casto, a inscribir una escritura de declaración de obra nueva en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
dimarts, 22 juny, 1999

En el supuesto objeto del presente recurso, aquella concurrencia se ha limitado a una de las que fueron parte en el primero de los contratos -el transmitente- y otra de las que lo fueron en el segundo -el adquirente-, pero faltando la de quienes fueron adquirentes en aquél y transmitentes en éste, por lo que ha de concluirse que en el documento calificado no se contiene un título traslativo susceptible de inscripción conforme al artículo 2.1º de la Ley Hipotecaria y por tanto no es hábil a efectos de inscripción

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María del Carmen Ruano Martínez, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad de Granada número 2, doña Pilar Lidueña Gómez, a inscribir una escritura de elevación a escritura pública de contratos privados de compraventa en virtud de apelación de la Registradora.

Fecha: 
dimarts, 22 juny, 1999

En escritura pública, que es la objeto de la calificación recurrida, la vendedora original y el último de los adquirentes en virtud de las transmisiones operadas, elevan a públicos los diversos documentos privados de compraventa , el último de los adquirentes deviene propietario de una concreta finca

13282 RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Fernández Molina, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad de Granada número 2, doña Pilar Lidueña Gómez, a inscribir una escritura de elevación a escritura pública de contratos privados de compraventa en virtud de apelación de la Registradora.

Fecha: 
dimarts, 15 juny, 1999

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