Resoluciones

Deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: a) La naturaleza cautelar y de garantía de la anotación pretendida; b) La sus pensión de pagos no contradice la legitimación procesal del suspenso ni su titularidad sobre el bien trabado, sino que únicamente anuncia una restricción a la hora de realizarla ejecución y c) Que la anotación permitirá a la Hacienda interesada el seguramiento de su derecho para cuando se sobresea, por cualquier causa, el expediente de suspensión de pagos.

Resolución 14 abril 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Delegado Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Asturias, contra la negativa del Registrador de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Pravia, don Juan Ignacio de los Mozos Touya, a practicar una anotación preventiva de embargo sobre determinados bienes muebles ordenada en procedimiento administrativo de apremio, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
divendres, 9 juny, 2000

La sentencia recaída en proceso penal seguido contra todos los intervinientes en la ejecución cuestionada, por la que se declara la nulidad de pleno derecho de la subasta realizada y de todas las actuaciones procesales posteriores (entre ellas, el auto aprobatorio del remate) y la reposición de las actuaciones al momento procesal previo, será título suficiente para obtener la cancelación de los asientos registrales que produjera el citado auto

RESOLUCIÓN 26 abril 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Isabel de la Torre Hueso, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Calpe, don José, Simeón Rodríguez Sánchez, a practicar determinada cancelación, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
divendres, 9 juny, 2000

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el modelo solicitado para ser utilizado por "Lico Leasing, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito", con las letras de identificación «F-LICO».

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el modelo solicitado para ser utilizado por "Lico Leasing, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito", con las letras de identificación «F-LICO».

Fecha: 
dimecres, 17 maig, 2000

La calificación no puede sostenerse. En primer lugar, es evidente que el aprovechamiento que se cede no agota todas las facultades del dominio, pues el goce establecido está limitado a determinadas facultades de los propietarios de los predios dominantes y son de carácter temporal, por otra parte, de interpretación restrictiva, como limitaciones del dominio. En segundo lugar, tampoco es cierto, como afirma el Registrador, que podría darse lugar a la adquisición de la propiedad de las respectivas porciones por usucapión, ya que en ésta es requisito esencial la posesión en concepto de dueño.

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona don José Javier Cuevas Castaño, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Granollers número 3, don Antonio Cumella Gaminde, a inscribir una escritura de constitución de servidumbre, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
dimarts, 16 maig, 2000

En el presente recurso se debate sobre la registración de un exceso de cabida de 111 Hectáreas sobre una finca que tiene según el Registro 434 hectáreas y que el Registrador suspende por existir duda fundada acerca de la identidad del mismo

RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2000, de la Dirección General De los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Camelo Gómez Pérez, en nombre de "Margadin Sociedad Anónima", contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Valdepeñas, don Francisco Delgado-Iribarren Pastor, a inscribir un exceso de cabida en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 16 maig, 2000

Dos son los defectos, ambos conformados en el auto apelado, por los que el Registrador rechaza la inscripción de una sentencia declarativa del dominio de un inmueble: no corresponderse su descripción con la que figura en el Registro, y aparecer las fincas en que se ha dividido en régimen de propiedad horizontal inscritas a favor de terceros distintos del demandado.

RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Pedro Tovar Martín frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 5, don Ricardo Seco Gómez a inscribir el testimonio de una sentencia, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 16 maig, 2000

En el único defecto objeto de recurso, que alcanza a dos de las cláusulas del contrato de préstamo con garantía hipotecaria, se rechaza la inscripción de la convenida para los intereses de demora y, como consecuencia de ello, del pacto sobre devengo de tales intereses, por entender que la cantidad prevista a tal fin, sumada a la fijada para garantizar los intereses ordinarios, excede del máximo permitido por el artículo 114 de la Ley Hipotecaria, esto es: Cinco anualidades de intereses ordinarios.

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por "Banco Central Hispanoamericano, Sociedad Anónima", frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia, don Juan Ignacio de los Mozos Touya, a inscribir parcialmente una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
dimarts, 16 maig, 2000

En el supuesto del presente recurso se suspende la inscripción de una escritura de subrogación en un préstamo hipotecario, que se pretende realizar al amparo de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, al "no constar expresamente que el deudor haya tomado a préstamo cantidad alguna de la entidad que haya de subrogarse, ni el importe de dicho préstamo, ni, consiguientemente, su finalidad".

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don Ignacio Saenz de Santamaria y Vierna, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid número 22, don Rafael Rodríguez García, a inscribir una escritura de subrogación de préstamo hipotecario, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dimarts, 16 maig, 2000

Si bien es cierto que la doctrina científica y la de esta Dirección General han interpretado el artículo 42, 1º., de la Ley Hipotecaria en el sentido de que tiene cabida en él todas las demandas que, de prosperar, producirían una alteración registral, ello no ocurre en el presente supuesto, en el cual no tendría relevancia alguna en el Registro la estimación de la pretensión.

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Adriano Gómez Molina y don Juan Ignacio Oleaga González, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid número 25, don Luis Parga López, a practicar una anotación preventiva de demanda, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dilluns, 15 maig, 2000

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