Resoluciones

Dado que no hay ningún obstáculo para hacer constar la consolidación del pacto de supervivencia, la consecuencia lógica es que también se puede inscribir la compraventa de la mitad correspondiente a esta consolidación que la señora RDR otorgó a favor de la mercantil MPI, SL.

Resolución de 22 de enero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la entidad mercantil MPI, SL, y por el notario de Mataró señor Miguel Benet Mancho contra las calificaciones efectuadas por el registrador de la propiedad de Santa Coloma de Farners, señor Javier Navarro Gonzalez, que deniegan, respectivamente, la inscripción de una escritura de consolidación de pacto de supervivencia por muerte del marido y la correlativa de venta de la mitad indivisa del inmueble adquirida en virtud de la mencionada consolidación.

Fecha: 
dimarts, 6 febrer, 2007

Para proceder a la cancelación de la inscripción de la condición resolutoria, la legislación civil aplicable a la prescripción de la pretensión que deriva de la obligación garantizada es el artículo 344 de la Compilación, sin perjuicio, obviamente, que se pueda proceder antes a cancelarla por una vía diferente a la de la caducidad del asentamiento por prescripción.

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el señor IRG contra la calificación del registrador de la propiedad núm. 10 de Barcelona, señor José Ignacio Santos-Suárez Márquez, denegatoria de la cancelación registral de una condición resolutoria constituida para garantizar el pago aplazado de parte del precio fijado en escritura de compraventa

Fecha: 
dimarts, 6 febrer, 2007

La prescripción hará falta probarla en el procedimiento judicial que corresponda, y el asiento registral estará vigente, y se presumirá exacto, mientras no se declare lo contrario judicialmente o se modifique por acuerdo de las partes interesadas. Pero en el caso presente, además, consta que el titular del censo solicitó la interrupción de prescripción que preveía el artículo 44, en relación con el 14, de la Ley de censos de 1945 por instancia de 17 de septiembre de 1987. En consecuencia, este censo está plenamente vigente, sin perjuicio que se pueda exigir la redención al amparo y en los términos que prevé la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro quinto del Código civil de Cataluña.

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por VL-G, en representación de JMAF y de JFN, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 15 de Barcelona, señora Aurora del Monte Arrieta, denegatoria de la cancelación de unas inscripciones de censos no divididos entre fincas integradas en un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal.

Fecha: 
dilluns, 11 desembre, 2006

La cuestión que aquí se plantea es si se puede inscribir en el Registro de la Propiedad el pacto contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales postnupciales donde los cónyuges convienen que, en caso de una hipotética separación del matrimonio, la vivienda familiar (de titularidad exclusiva del marido) quedará propiedad de ambos por mitades. Es importante remarcar que el pacto especifica, además, que la mencionada atribución de la mitad a la esposa lo es "[c]omo compensación económica por sus aportaciones y a los efectos de regular el artículo 41 del Código de familia".

Resolución de 30 de octubre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora MVT contra la calificación de la registradora de la propiedad de Olot por la cual se deniega la inscripción de un pacto en previsión de ruptura matrimonial contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales.

Fecha: 
divendres, 1 desembre, 2006

Es preciso concluir, pues, que la Dirección general de Derecho y Entidades Jurídicas es competente para conocer y resolver este recurso. Las normas de conflicto vigentes en Bélgica, probadas de manera suficiente en este expediente, llevan a la aplicación del derecho civil catalán. Está claro que el testamento que rige la sucesión contiene institución de heredero.

RESOLUCIÓN JUS/3360/2006, de 18 de octubre, por la que se da publicidad de la Resolución de 18 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por RFP, en nombre de IC s.l. que representa a AJMT, contra la calificación de la registradora de la propiedad de Torredembarra.

Fecha: 
dijous, 26 octubre, 2006

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